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MANUAL DE PRUEBA PERICIAL_Suprema Corte

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El juez ante el perito... 15

El Poder Judicial de la Federación cada año publica una convocatoria para conformar

listados de personas expertas dispuestas a fungir como peritos, en principio

en los casos federales, sea ante la SCJN, el Tribunal Electoral o el propio

Poder Judicial. El procedimien to es muy simple: consiste fundamentalmente en

que todas las personas interesadas que cumplan los requisitos exigidos en tiempo

y forma podrán ser parte de ese listado. ¿Qué requisitos se exigen? En la convocatoria

del 2021, 25 básicamente fueron los siguientes:

• Contar con los conocimien tos necesarios

• Tener un mínimo de cinco años de experiencia en el ejercicio profesional

• No tener condena por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada

que merezca pena privativa de libertad

• No haber recibido sanción administrativa de los órganos de los poderes

Judicial, Legislativo y Ejecutivo federales o estatales, por la comisión

de alguna falta grave

• No desempeñarse como servidor público del Poder Judicial de la Federación

o, en su caso, abstenerse en los asuntos en donde la Institución

en la que labore sea parte

Uno podría preguntarse si ese listado nos ofrece alguna garantía respecto a la

calidad de las personas expertas que ahí aparecen. A juzgar por la convocatoria,

la respuesta parece más bien negativa, al menos por dos cuestiones:

• Solo se pide copia certificada de los documentos con los cuales la

persona pretenda acreditar la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimien

to o técnica en la que se desee registrar, y su currícu lo

actualizado.

• Se especifica que el conteo del mínimo de cinco años de experiencia

iniciará a partir de la expedición de los documentos con los cuales

pretende acreditar su experiencia.

25

Cf. DOF, Convocatoria para integrar la lista de personas que pueden fungir como peritas o peritos […].

Disponible en <https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5630010&fecha=15/09/2021>.

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