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MANUAL DE PRUEBA PERICIAL_Suprema Corte

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Los desacuerdos entre peritos y la junta pericial 129

durante meses, que quien lo elabora basado en una entrevista de poco o escaso

tiempo o el del arquitecto que efectúa el reconocimien to un día en que llueve y

comprueba filtraciones”, etcétera. 41

Sin embargo, a diferencia de Abel Lluch, en mi opinión, la prevalencia señalada

no necesariamente debería llevar por sí misma a otorgarle mayor valor probatorio

a uno de los dictámenes, sino que esa divergencia en la información tomada en

consideración por las personas peritas debería servir como parámetro a las y los

abogados y al juez para preguntar al otro perito por qué sus informes carecen de

tal o cual dato, por qué se limitaron a observar lo que observaron, etcétera.

Se deben, pues, pedir razones que expliquen el desacuerdo, y al tenerlas podríamos

encontrarnos frente a meros desacuerdos aparentes.

Cuando estamos ante desacuerdos que tienen su origen en cómo han sido aplicadas

las generalizaciones a los hechos del caso podríamos encontrarnos con

situaciones propias del contexto jurídico procesal de las que vale la pena ser bien

conscientes. Nuevamente volvamos a Dwyer para identificar espacios que podrían

explicar un desacuerdo entre personas peritas: 42

• Dado que la generación de conocimien to experto supone la identificación

y fundamentación de generalizaciones, podría ser que las personas

peritas no tengan una formación o entrenamien to para interpretar

información específica de un caso individual, que es habitualmente el

objeto de nuestros procesos judiciales.

• Determinado tipo de explicaciones necesarias para atribuir responsabilidad

jurídica a una persona en concreto podrían ser cuestiones que

no se suelen abordar en el ejercicio profesional, donde puede ser posible

seguir adelante sin necesidad de determinar ciertos aspectos de

un caso.

41

Abel Lluch, op. cit., p. 733.

42

Cf. Dwyer, op. cit., pp. 144 y ss.

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