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MANUAL DE PRUEBA PERICIAL_Suprema Corte

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La prueba de ADN 211

Sospechoso

1

Sospechoso

2

Sospechoso

3

14-16 28-29 7-9.3 11-12 8-11 11-12 … 16-18 16-19

16-16 29-30 6-7 11-12 8-11 11-11 … 16-17 16-20

16-17 31-32.2 6-9 10-12 8-8 10-15 … 14-19 17-21

Tabla 4. Mezcla de al menos dos contribuyentes, detectada en un hisopo vaginal tras una agresión

sexual y su comparación con los perfiles genéticos de tres sospechosos.

Hoy en día se ha avanzado bastante en la interpretación de perfiles mezcla, pues

además de comprobar qué alelos de la mezcla coinciden con los de un sospechoso,

se puede tener en cuenta si la altura de esos alelos en el electroferograma refleja

realmente la contribución del sospechoso. Pero a principios de la era del ADN no

se estudiaban tantos marcadores genéticos, ni se tenían en cuenta alturas alélicas,

y, por tanto, la compatibilidad por azar entre una mezcla y un sospechoso era

más frecuente de lo que es en la actualidad. En España, ejemplo de ello es el caso

Rafael Ricardi, quien fue condenado con base en pruebas no genéticas y genéticas,

y que posteriormente resultó exonerado gracias a los avances en genética, si

bien a un precio elevado, tras pasar varios años en prisión. 12

12

Cf. Sentencia 125/96, Tribunal Supremo, quinta sección, rollo núm. 27/1995. Rafael Ricardi fue

conde nado a dos penas de 18 años por dos delitos de agresión sexual en sentencia de fecha 15/10/1966

de la Audiencia Provincial de Cádiz. En noviembre de 2008, la Sala de lo penal del Tribunal Supremo

admitió recurso extraordinario de revisión contra dicha sentencia, apoyado por el Ministerio Fiscal.

Finalmente, en el 2009, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de la sentencia de la Audiencia Provincial

de Cádiz, quedando en libertad Rafael Ricardi tras 12 años y ocho meses en prisión. Cf. Sentencia

núm. 792/2009, id.

La condena se basaba en el reconocimien to fotográfico y de voz de Rafael Ricardi por una de las víctimas,

así como por un informe de ADN de 1995 en el que, según la sentencia, “se advertía de la presencia

de alelos que no pertenecían ni a la víctima ni al sospechoso, sin poderse descartar la contaminación de

la muestra, si bien también había alelos coincidentes con Ricardi”.

En el 2000, el mismo laboratorio advierte que, como consecuencia de los avances tecnológicos y el

aumento del número de marcadores genéticos analizados, se podía ahora descartar la presencia del perfil

genético de Ricardi en las dos agresiones sexuales. Además, la policía científica estaba investigando

otras agresiones sexuales realizadas con el mismo modus operandi y en la misma zona en la que se cometieron

las dos agresiones impu tadas a Ricardi, las cuales se habían producido posteriormente a la condena

de este. Como consecuencia de esas investigaciones se detuvo a dos individuos —Fernando Plaza

y Juan Baños—, a quienes se les tomó muestra biológica con autorización judicial en el 2008; una vez

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