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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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pretensión punitiva (o de aseguramiento) es el fundamento del proceso penal; presupuesto<br />

de la incoación del procedimiento y de la apertura del juicio oral.<br />

Por un lado, se afirma que ha ocurrido un hecho que constituye una infracción<br />

penal (delito o falta), y que de esa infracción es responsable penalmente una persona<br />

determinada. Con base en esas afirmaciones se abre el procedimiento penal, se procede a la<br />

investigación de lo ocurrido y, partiendo de sus resultados, se pretende que el órgano<br />

jurisdiccional declare esa responsabilidad penal respecto de la persona acusada, y le<br />

imponga la pena correspondiente.<br />

A estas alegaciones y pretensiones se opone la persona acusada (si existe<br />

conformidad, el proceso se extingue dando paso a la resolución del caso de acuerdo con lo<br />

convenido entre las partes) que puede negar que el hecho haya sucedido, que sea<br />

penalmente relevante, que ella sea responsable penalmente de la infracción penal (porque<br />

no haya tenido parte en tal hecho, o su conducta esté justificada o concurra alguna causa<br />

que excluya la imputabilidad o la culpabilidad), o que proceda aplicar la pena pretendida<br />

por la acusación.<br />

Aunque puedan ser asumidas por más de una persona (física o jurídica), las<br />

posiciones de parte en el proceso penal son dos: Acusadora y acusada, según se pretenda o<br />

se resista la imposición de una pena (o de una medida de seguridad) a persona determinada,<br />

a quien se acusa de ser autora de un hecho no justificado descrito como constitutivo de<br />

infracción penal.<br />

En ocasiones, puede surgir un proceso subjetivamente complejo cuando unas<br />

mismas personas se acusan recíprocamente, proponiendo, claro está, versiones<br />

contradictorias de lo sucedido. Aunque el manejo del proceso necesariamente resultará<br />

complicado, es preferible resolver el caso en un mismo procedimiento antes que<br />

desglosarlo en dos procesos independientes (en un de ellos A acusa a B; en el otro, B acusa<br />

a A; y, en ambos, el hecho enjuiciado es el mismo), afrontando el peligro de que se dicten<br />

resoluciones contradictorias.

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