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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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Manual de <strong>Derecho</strong> <strong>Procesal</strong> <strong>Penal</strong> Hondureño<br />

El Juez independiente está vinculado exclusivamente al Ordenamiento<br />

Jurídico, y, fundamentalmente, a la Constitución, a los Tratados y a las Leyes.<br />

Nuestra Constitución, en su Artículo 320, consagra una vinculación judicial al<br />

«imperio de la Constitución y la Ley».<br />

La vinculación se establece, ante todo, de forma más intensa respecto de la<br />

Constitución porque, como insiste GARCÍA DE ENTERRÍA, recuperando una<br />

terminología procedente del mundo jurídico anglosajón, aquélla es un «higher» o<br />

«stronger Law»; «... superior paramount law ...», en palabras del Juez MARSHALL al<br />

redactar la sentencia del fundamental caso Marbury v. Madison, en 1803.<br />

El citado artículo 320 ordena inequívocamente: «... En casos de<br />

incompatibilidad entre una norma constitucional y una legal ordinaria, el juez aplicará la<br />

primera. ...». Ello no significa, sin embargo, que se haya optado por un sistema de control<br />

difuso de la constitucionalidad de las leyes, sino por otro, a la austríaca, de inspiración<br />

kelseniana, que lo concentra en la Corte Suprema de Justicia.<br />

Hay, por lo demás, normas que, sin ser constitucionales, tienen un rango<br />

prevalente frente a las con rango de ley formal que las contradigan.<br />

A tenor del artículo 18 CHond «...En caso de conflicto entre el Tratado o<br />

Convención y la Ley prevalecerá el primero. ...».<br />

El profesor HERNÁNDEZ ALCERRO explica la diferente solución<br />

constitucional según que un tratado o convención entre en conflicto con la Constitución o<br />

con una Ley ordinaria.<br />

«...La Constitución señala con claridad la primacía del derecho internacional<br />

convencional sobre el derecho interno secundario. Si en el caso de conflicto entre la<br />

Constitución y el tratado, el texto fundamental pone en marcha un mecanismo de

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