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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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Las personas encargadas de realizar las grabaciones o la transcripción de éstas,<br />

mantendrán en secreto su contenido y en caso de incumplimiento incurrirán en la<br />

correspondiente responsabilidad penal.<br />

La grabación de una comunicación realizada por uno de los comunicantes sin llenar<br />

los requisitos establecidos en este Artículo, carece de valor probatorio.”<br />

Atendiendo el principio de exclusividad jurisdiccional, la limitación al derecho del<br />

secreto de las comunicaciones solo puede ser decretado por Juez o Tribunal competente, a<br />

petición de Ministerio Público y atendiendo por supuesto a los principios de proporcionalidad<br />

y necesidad, fundamentos que serán expuestos por el Juez en la resolución mediante la que<br />

disponga su aplicación.<br />

Por lo general, ésta medida se realiza como un acto de investigación en la etapa<br />

preparatoria del proceso, aunque ciertamente no resulta exclusiva de ésta.<br />

Atendiendo al principio de temporalidad, en la resolución mediante la que sea<br />

decretada la medida, debe obligatoriamente el Juez establecer la duración de la intervención,<br />

misma que no puede ser mayor de 15 días, pero podrá prorrogarse por periodos sucesivos por<br />

el mismo tiempo mediante auto motivado.<br />

Las grabaciones producto de la intervención, serán íntegramente entregada al Juez<br />

competente quien conocerá su contenido y su totalidad, y, las que para él tengan relación con<br />

el hecho, serán transcritas para ser presentadas en el debate.<br />

Asimismo, la doctrina establecida por el Ministerio Público, a través del Dictamen<br />

DCATJ-007-2001, refiere el alcance del derecho fundamental del secreto de las<br />

comunicaciones, señalando que habría que dilucidar si, aparte de la comunicación per se, se<br />

encuentran protegidos bajo ese derecho otros elementos accesorios a la misma, como ser:<br />

a) Los registros computarizados, que almacenan los números marcados desde un<br />

determinado aparato telefónico, la hora y duración de cada llamada (servicios de<br />

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