13.05.2013 Views

Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

MANUAL DE DERECHO PROCESAL PENAL.<br />

TEMA 241.<br />

admisible.<br />

Como alternativa, puede oponerse a dicha acusación o al tratamiento jurídico<br />

propuesto, en cuyo caso será precisa la continuación del juicio.<br />

§ 109. La conformidad del acusado<br />

109.1. Concepto y efectos de la conformidad del acusado.<br />

En su estudio sobre la conformidad, el profesor GIMENO SENDRA la define<br />

como “...un acto unilateral de disposición de la pretensión, efectuado por la defensa y<br />

realizado en el ejercicio del principio "puro" de oportunidad, por el que, mediante el<br />

allanamiento a la más elevada petición de pena, que nunca puede exceder a los seis años<br />

de privación de libertad, se ocasiona la finalización del procedimiento a través de una<br />

sentencia con todos los efectos de la cosa juzgada...”.<br />

Por su parte, y en referencia específica al proceso penal hondureño, CUÉLLAR<br />

CRUZ la define como “un acto dispositivo que supone una declaración de voluntad de<br />

la parte pasiva, es decir tanto del acusado como de su defensor técnico, por medio de la<br />

cual se produce una aceptación por el imputado de los hechos, de la calificación jurídica<br />

y en general de la responsabilidad penal exigida por la parte acusadora, con el objetivo<br />

primordial de poner fin al proceso penal, procediéndose a dictar sentencia<br />

inmediatamente, al hacerse innecesaria la vista, por razones de economía procesal”.<br />

Los procesalistas siguen discutiendo sobre su naturaleza. Para unos, será una<br />

modalidad de transacción; para otros, de confesión. Goza, sin embargo, de gran predicamento,<br />

la configuración de la conformidad como allanamiento, propuesta por el<br />

profesor ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO.<br />

La conexión con el principio de oportunidad y el sistema angloamericano es<br />

constante, y no ha de extrañar. El modelo procesal inglés configura, desde antiguo, la<br />

admisión de culpabilidad por el imputado (guilty plea) como forma de conclusión -por<br />

truncamiento- del procedimiento penal. En síntesis, formulados los cargos contra el<br />

acusado, puede, éste, al principio de la audiencia principal, y a requerimiento del Juez,<br />

declararse culpable, quedando el caso visto para sentencia.<br />

En la Europa continental se conocen, igualmente, vías procesales para conseguir<br />

el archivo de las actuaciones, a instancia conjunta de la acusación y de la Defensa.<br />

El Artículo 153 de la Ley <strong>Procesal</strong> <strong>Penal</strong> Federal alemana regula la abstención<br />

8

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!