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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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medida de seguridad y corrección que se espera del procedimiento, con estricta sujeción a<br />

las disposiciones pertinentes. ...”.<br />

Por ello, la privación de libertad impuesta como medida cautelar ha de ser<br />

excepcional, y no adoptarse sino cuando existan serios indicios de participación culpable en<br />

un hecho delictivo, y buenas razones que sugieran la peligrosidad procesal del imputado,<br />

por grave riesgo de puesta fuera del alcance de los aparatos estatales encargados de la<br />

persecución y enjuiciamiento del supuesto delito, o de destrucción o manipulación de las<br />

fuentes de prueba, que pudieran comprometer la eficacia del proceso o la de la sentencia<br />

condenatoria que pudiera recaer en él.<br />

d.2 La presunción o afirmación interina de inocencia como regla de juicio.<br />

d.2.1 la distribución de la carga de la prueba y la enervación de la presunción de<br />

inocencia.<br />

Como regla de juicio, explica ILLUMINATI, la presunción de inocencia “... va, en<br />

cambio, ligada a la estructura del proceso y, en particular, a la técnica de la declaración del<br />

hecho probado. Su plena realización impondría un sistema de tipo acusatorio en el que<br />

quedaría excluido que el propio imputado debiera demostrar su propia inocencia, estando<br />

obligado, el órgano de la acusación, a proporcionar la prueba plena de la culpabilidad. En<br />

caso de duda, el juez no podrá sino absolver, sin que resten contra el acusado<br />

consecuencias negativas de ningún género ...”.<br />

La posición del imputado en el proceso penal se encuentra, de este modo, reforzada,<br />

porque, frente a la neutralidad que se mantiene en el proceso del <strong>Derecho</strong> Privado (el<br />

juzgador ha de considerar los hechos respectivamente alegados por las partes contrapuestas<br />

como datos a probar cumplidamente por aquélla que los afirma), el juzgador penal (y<br />

también el instructor) ha de partir, como hipótesis de trabajo, de la inocencia de dicho<br />

imputado, de modo que, en caso de que la parte acusadora no acredite cumplidamente su

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