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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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enjuiciamiento criminal basado en el sistema acusatorio puro, no formal o mixto, en la<br />

visión que este país representa hoy en día.<br />

Las razones pueden ser muy variadas, pero se pueden resumir fácilmente. En<br />

primer lugar, desear un principio acusatorio puro implica acabar con normas y prácticas<br />

inquisitivas, generalmente representadas en la figura del Juez instructor, aunque esto no sea<br />

exactamente así, teniendo como consecuencia que instruya el Ministerio Público; en<br />

segundo lugar, un deseo de ganar el proceso desde el punto de vista económico, evitando<br />

reiteración de actuaciones, por tanto impidiendo que el mismo testigo declare lo mismo ante<br />

la Policía, ante el Fiscal y ante el Juez.<br />

El proceso penal anglosajón representa fielmente dos de las características más<br />

importantes del proceso penal que debe ser el propio de un país democrático, por eso se<br />

contempla como modelo a seguir:<br />

1ª) El sometimiento del sistema de enjuiciamiento criminal al principio acusatorio<br />

(proceso debido y sistema adversarial) ; y,<br />

2ª) La incardinación en ese sistema de un juicio oral y público.<br />

Es difícil considerar, a estas alturas de la evolución de la Humanidad, el proceso de<br />

un Estado como el propio de un país democrático si no se basa en esas dos máximas.<br />

La tendencia a fijarse en el modelo de enjuiciamiento criminal anglosajón es muy<br />

clara, pues es el que se está imponiendo si contemplamos las grandes reformas europeas<br />

(Alemania la primera en 1975; después Italia y Portugal, ambos países en 1988; y España a<br />

punto de empezar) y americanas (como consecuencia principalmente del Código <strong>Procesal</strong><br />

<strong>Penal</strong> Modelo para Iberoamérica de 1988), empezando las reformas Guatemala y Costa<br />

Rica, siguiendo El Salvador, Chile, algunas provincias de Argentina, Venezuela, Paraguay,<br />

Bolivia, Honduras, Colombia, Uruguay, Brasil, República Dominicana, Ecuador, Panamá,<br />

Perú y Nicaragua, bien con Códigos <strong>Procesal</strong>es <strong>Penal</strong>es totalmente nuevos, bien con intentos

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