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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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eneficiario del precepto, por ejemplo, ese genérico “liber homo”, no es equivalente al<br />

ciudadano de hoy, sino indicativo del notable de entonces. Pero fue, indudablemente, un<br />

primer paso. El punto de partida para la construcción de un sistema de garantías, tanto<br />

materiales (principio de legalidad) como procesales (el “due process of Law”), que pasaron<br />

a ser patrimonio del constitucionalismo liberal, y hoy han alcanzado su consagración en los<br />

grandes textos internacionales, como “...patrimonio fundamental de la Humanidad...”.<br />

El primer inciso del Artículo 94 de la Constitución hondureña dispone: “A nadie se<br />

impondrá penal alguna sin haber sido oído y vencido en juicio, y sin que le haya sido<br />

impuesta por resolución ejecutoriada de Juez o Autoridad competente. ...”.<br />

La garantía de jurisdiccionalidad está consagrada ya en el primer Artículo del<br />

Código <strong>Procesal</strong> <strong>Penal</strong>, epigrafiado “Juicio previo”. A su tenor, “... [ninguna] persona<br />

podrá ser condenada a una pena ni sometida a una medida de seguridad, sino en virtud de<br />

sentencia firme dictada por el órgano jurisdiccional competente, después de haberse<br />

probado los hechos en un juicio oral y público llevado a cabo conforme los principios<br />

establecidos en la Constitución de la República, los Tratados Internacionales de los cuales<br />

Honduras forma parte y el presente Código y con respeto estricto de los derechos del<br />

imputado. ...”.<br />

Delito, Pena y Proceso resultan, como comenta CONDE PUMPIDO FERREIRO,<br />

conceptos rigurosamente complementarios.<br />

El principio de necesidad adquiere ahora una nueva dimensión. La de la<br />

persecución, enjuiciamiento y castigo de quienes cometen culpablemente una infracción<br />

penal compromete la eficacia del sistema penal en su función protectora del modelo de<br />

Sociedad y de los derechos de las personas que la componen. La necesidad de un proceso<br />

previo en el que, con observancia de garantías fundamentales, se declare la culpabilidad de<br />

la persona a la que se ha de imponer la pena legalmente establecida como castigo de una<br />

conducta no menos legalmente definida como infracción penal, constituye una seguridad

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