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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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Esta exigencia no desvirtúa el momento subjetivo de la valoración de la<br />

persuasividad del material probatorio utilizado, como advierten GUERRA SAN MARTÍN,<br />

BELLOCH JULBE y TORRES LÓPEZ DE LA CALLE.<br />

El juicio sobre la existencia de material probatorio mínimo admisible procesalmente<br />

y con potencia sintomática de culpabilidad, se realiza con criterios eminentemente<br />

objetivos.<br />

El juicio sobre la persuasividad (credibilidad y fiabilidad) de la prueba añade un<br />

inevitable componente subjetivo.<br />

Uno y otro servirán para formular el juicio sobre la suficiencia de la prueba para<br />

enervar la afirmación de inocencia.<br />

Además, se exige una adecuada motivación de todos estos juicios. Esta motivación<br />

es, en definitiva, la garantía de la efectividad del derecho a la presunción de inocencia, y así<br />

lo han entendido los especialistas. El órgano sentenciador habrá de expresar, pues, en su<br />

resolución, el material probatorio tenido en cuenta para formar su convicción, así como las<br />

razones justificativas, de acuerdo con la sana crítica, del valor que les haya dado, y, en su<br />

caso, el razonamiento para obtener conclusiones por presunción a partir de indicios<br />

igualmente declarados probados (Artículo 338 CPPHond). Una deficiente expresión de la<br />

prueba tenida en consideración, o la carencia de suficiente motivación de la valoración de<br />

aquélla, pueden fundamentar el recurso de casación (Artículo 362 CPPHond).<br />

e) La regla de favorecimiento del acusado en situaciones de duda (in<br />

dubio, pro reo)<br />

Cuando el juzgador no es capaz de formar su convicción con ese grado de certeza<br />

máxima posible al ser humano (aquélla que excluye la duda razonable), se encuentra ante<br />

una aporía en sentido estricto. No es capaz de encontrar el camino hacia la verdad; o, tal<br />

vez mejor, tiene ante sí dos caminos (“duda” viene de dubium, y, finalmente, de duo: dos),

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