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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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3.- En el caso de estado de necesidad, son responsables las personas en cuyo favor se<br />

haya precavido el mal en proporción al beneficio que hubieren reportado.<br />

Los tribunales señalaran, según su prudente arbitrio, la cuota proporcional por la<br />

cual cada interesado deba responder (Artículo 106.2 CPHond).<br />

4.- En el caso de presión de una fuerza física irresistible o de un miedo insuperable,<br />

responderán los que hubieren causado el miedo o ejercido la fuerza (Artículo 106.3 CP).<br />

5.- Quien, sin haber participado en algún delito, hubiere obtenido de él algún beneficio<br />

económico, está obligado a la devolución del tanto en que se hubiere lucrado (Artículo<br />

114 CPHond).<br />

6.- Los herederos de los anteriores (Artículo 49.2 CPPHond).<br />

44.4. Postulación.<br />

Resulta igualmente aplicable el régimen de la postulación de la parte demandante<br />

del resarcimiento.<br />

§ 45. La posición jurídica de la víctima.<br />

En su Relación General en el Coloquio Preparatorio del XV Congreso<br />

Internacional de la Asociación Internacional de <strong>Derecho</strong> <strong>Penal</strong> (que habría de tener lugar<br />

en Río de Janeiro, en 1993), KLAUS TIEDEMANN sintetizaba así el pasado, el presente<br />

y el futuro del papel de la víctima en el proceso penal:<br />

«... La víctima ha sido, en el curso de la historia del proceso penal,<br />

progresivamente descartada del proceso penal “normal”. Sólo recientemente se ha<br />

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