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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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MANUAL DE DERECHO PROCESAL PENAL.<br />

TEMA 211.<br />

Una vez hechas las alegaciones por las partes, y practicada la prueba que puedan<br />

proponer, de inmediato -dispone el último párrafo del Artículo 294 CPPHond- el Juez<br />

pronunciará resolución:<br />

1) Dictando sobreseimiento provisional;<br />

2) Dictando sobreseimiento definitivo; o,<br />

3) Decretando auto de prisión o declaratoria de reo.<br />

96.3.1. Forma de la resolución.<br />

La resolución conclusiva de la audiencia inicial será motivada y se hará constar<br />

en el acta documentadora de las incidencias de aquélla, como se desprende del Artículo<br />

298 CPPHond. LÓPEZ LAZO parece entender que, además, el auto habrá de dictarse<br />

posteriormente en su forma ordinaria.<br />

96.3.2. El procedimiento truncado: el sobreseimiento.<br />

El sobreseimiento trunca el procedimiento, provisional o definitivamente, sin<br />

abrir paso al juicio oral.<br />

[a] El sobreseimiento provisional.<br />

De acuerdo con el Artículo 295 CPPHond, lo dispondrá el Juez «... si, no<br />

obstante haber plena prueba de la comisión del delito, no hay indicio racional de que el<br />

imputado haya tenido participación en el mismo, pero las pruebas presentadas dan<br />

margen para sospechar que si la tuvo y existe, además, la posibilidad de que en el futuro<br />

se incorporen nuevos elementos de prueba, lo cual deben señalarse de manera concreta<br />

en la resolución respectiva. ...».<br />

[a.1] Presupuestos:<br />

- Prueba plena de la comisión del delito.<br />

En realidad, no se debe interpretar la exigencia de «prueba plena» como<br />

equivalente a la ausencia de toda duda razonable acerca de la existencia de un hecho<br />

típicamente antijurídico (a diferencia de lo que sería preciso para formular un fallo<br />

condenatorio tras el juicio oral), sino de la existencia de buenas razones para concluir<br />

provisionalmente que la afirmación del Ministerio Público o del Acusador Privado tiene<br />

grandes probabilidades de ser cierta.<br />

- Ausencia de buenas razones de que la persona imputada ha<br />

tenido participación culpable en el delito concurriendo con indicios débiles de su<br />

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