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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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consigue encontrar la prueba del delito, la droga oculta en el cuerpo humano por ejemplo. Estos<br />

igualmente deben ser practicados exclusivamente por personal cualificado (médicos, en su<br />

defecto personal sanitario, y sus equipos).<br />

d) Radiografías y similares: En ocasiones es necesario tomar una radiografía o practicar un<br />

electrocardiograma o un encefalograma, mediante los cuales se pretende demostrar el estado de<br />

salud del presunto autor del delito, o averiguar si físicamente pudo cometerlo. También han de<br />

ser realizables únicamente por personal médico cualificado.<br />

e) Intervenciones corporales leves y reconocimientos externos de la personas: La intervención<br />

corporal leve (cortar un cabello de la cabeza o una uña) puede ser idónea para averiguar si se ha<br />

cometido, por ejemplo, un delito contra la salud pública, entre otros.<br />

El reconocimiento corporal está especialmente indicado para averiguar mediante un<br />

simple examen visual superficial, como un examen ginecológico, o la toma de una muestra sin<br />

causar dolor alguno (exámenes dactiloscópicos, exámenes antropomórficos, recogida de<br />

manchas de sangre del cuerpo), es decir, sin realizar operaciones quirúrgicas traumáticas, ni<br />

tactos íntimos, si ha existido, v.gr., un delito de aborto (Título I, Capítulo II, Arts. 126 al 132<br />

CPHond), o un delito de lesiones (Título I, capítulo III, Arts. 133 al 138, CPPHond). Es<br />

preferible que estas intervenciones y reconocimientos los realice un técnico, normalmente el<br />

Médico Forense o médico autorizado por el Juez.<br />

f) Tests psiquiátricos o psicológicos: Acto de gran trascendencia para averiguar si el autor del<br />

delito lo cometió en estado de trastorno mental completo o parcial, o si sufrió la alteración<br />

después de cometido. Sólo psiquiatras y psicólogos forenses, o quienes autorice en su defecto el<br />

Juez, pueden ejecutar estos tests.<br />

g) Control de alcoholemia y estupefacientes: Acto especialmente apropiado en los delitos contra<br />

la seguridad del tráfico, para comprobar la comisión del delito de conducción de vehículo de<br />

motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas (Art. 1 de la Ley de la <strong>Penal</strong>ización<br />

de la Embriaguez Habitual), por desgracia demasiado frecuente en la práctica. Su ejecución debe<br />

corresponder a la Policía de Tránsito, conforme a las normas previstas en las leyes y a las<br />

técnicas policiales apropiadas.<br />

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