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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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Cuando el Artículo 1º, del Decreto-Ley de 27 de noviembre y 1º de<br />

diciembre de 1790, creó un Tribunal de Casación cerca del Cuerpo Legislativo, la<br />

Asamblea -advierte GENY- estaba conforme en que se trataba de un órgano<br />

paralegislativo, y no propiamente jurisdiccional. Tenía una misión nomofiláctica<br />

(CALAMANDREI, GUASP, CONDE-PUMPIDO FERREIRO, LLORENTE), de<br />

defensa de la Ley. El Tribunal habría de ser un órgano no integrado en el Poder<br />

Judicial, sino un órgano político (LLORENTE) independiente y superior a Jueces y<br />

Magistrados, ya que era a modo de un delegado del Poder Legislativo para vigilar la<br />

forma en que aquéllos aplicaban el textos de las Leyes, a fin de evitar sus<br />

inobservancias más groseras.<br />

Esta actitud se correspondía con la patrocinada por la denominada Escuela de<br />

la Exégesis, que colocaba «... los textos [legales] sobre todo ...», como rezaba el<br />

expresivo lema de DEMOLOMBE. Por eso, hace observar DE OTTO, el Tribunal<br />

de Casación depuraba sólo los casos de «contravención expresa del texto de la ley».<br />

Todo este sistema reflejaba el «horror a la jurisprudencia», vista como fuente<br />

de peligro de distorsión de la voluntad general, representada por las decisiones del<br />

Poder Legislativo. Se han convertido en cita tópica las palabras de ROBESPIERRE<br />

ante la Asamblea Nacional: «... El término jurisprudencia debe borrarse de nuestra<br />

lengua. En un Estado que tiene una Constitución, una legislación, la jurisprudencia<br />

de los Tribunales no es otra cosa que la Ley. ...».<br />

Sin embargo, como explica CALAMANDREI, factores políticos, jurídicos y<br />

prácticos dieron lugar a un cambio de rumbo.<br />

Se suprimió el référé legislatif, que se había revelado como institución<br />

discutible desde el punto de vista de los principios y entorpecedora en su aplicación<br />

práctica, a la vez que se ensanchaba en ámbito de la crítica casacional, hasta<br />

extenderse a cualquier error interpretativo de las normas.<br />

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