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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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MANUAL DE DERECHO PROCESAL PENAL.<br />

TEMA 27.<br />

audiencia, incluidos los documentos que hubiesen sido incorporados al debate, por<br />

lectura;<br />

5) Las solicitudes o peticiones formuladas por las partes durante el<br />

juicio, las resoluciones recaídas, un resumen de las conclusiones de las partes y de la<br />

intervención de la víctima y del imputado, en su caso, y de la sentencia definitiva<br />

proferida;<br />

6) Los demás sucesos acaecidos durante el debate, por instrucciones<br />

del Presidente del Tribunal o por iniciativa de cualquiera de los jueces, del Fiscal,<br />

del Acusador Privado, en su caso, y del Defensor y en particular, de las objeciones<br />

hechas por alguna de las partes, a efecto de preparar el recurso de casación por<br />

quebrantamiento de forma; y,<br />

7) La firma del Presidente y del Secretario. No se extiende, a<br />

diferencia de lo ordenado por el Artículo 132.7 CPPHond, de todos los intervinientes,<br />

posiblemente para evitarles las incomodidades de aguardar hasta el final del<br />

debate o de la sesión correspondiente.<br />

Si el debate se ha fragmentado en una pluralidad de sesiones (en cualquier<br />

caso, se producirá un fraccionamiento entre debate, emisión de la sentencia<br />

absolutoria y fases de emisión de la sentencia condenatoria), de cada una de ellas se<br />

levantará la correspondiente acta.<br />

El Secretario deja constancia fehaciente del contenido del acta, pero el<br />

alcance de la fehacencia es muy diferente según los casos.<br />

Respecto de datos como los enumerados en los tres primeros apartados, la<br />

mención del nombre y apellidos de los testigos, peritos e intérpretes, los medios de<br />

prueba ejecutados durante la audiencia, los documentos que hubiesen sido<br />

incorporados al debate, por lectura; así como de la transcripción literal de las<br />

solicitudes o peticiones formuladas por las partes durante el juicio, las resoluciones<br />

recaídas, la sentencia definitiva proferida; instrucciones y objeciones hechas por el<br />

Tribunal o alguno de sus miembros o por alguna de las partes, a efecto de preparar el<br />

recurso de casación por quebrantamiento de forma, la fehacencia es absoluta.<br />

No lo es, en cambio, en cuanto a la indicación de lo manifestado por testigos<br />

y peritos y al resumen de las conclusiones de las partes y de la intervención de la<br />

víctima y del imputado, en su caso, o de la síntesis de manifestaciones,<br />

declaraciones, solicitudes, peticiones y objeciones de las partes y del Tribunal o de<br />

cualquier de sus miembros. La fehacencia, en estos casos, se limitará al solo hecho<br />

de la emisión de esas declaraciones o manifestaciones, pero no a su contenido, ya<br />

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