13.05.2013 Views

Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

egulado en el antiguo Código de Procedimientos <strong>Penal</strong>es de 1984, es la aparición de<br />

distintas modalidades de dar terminación al proceso. Así, por ejemplo, las<br />

conformidades previstas, tanto en el párrafo último del Art. 425, como en su Art.429.<br />

Institutos de simplificación procesal a los cuales no referiremos con mayor propiedad<br />

posteriormente.<br />

Será el órgano jurisdiccional competente para conocer del juicio de faltas el Juez<br />

de Paz (Art.424 CPPHond).<br />

b) Procedimiento<br />

b.1 Formas de iniciar el juicio por faltas y legitimación procesal activa<br />

Existen diversas formas de iniciar el juicio por faltas: Mediante denuncia, ya sea<br />

ésta formulada de manera verbal o por escrito, mediante acusación o mediante querella<br />

(Art. 425, párrafo segundo, CPPHond).<br />

Por su parte, están legitimadas para dar inicio al juicio por faltas, tanto la<br />

autoridad pública (en cuyo caso la denuncia obligatoriamente deberá presentarse por<br />

escrito), como cualquier particular (Art. 425, párrafo primero, CPPHond).<br />

Cabe destacar que aunque la norma procesal no le atribuye directamente al<br />

Ministerio Público la facultad de intervenir en los juicios sobre faltas, si una persona<br />

comparece ante las oficinas de la Fiscalía a interponer su denuncia y la misma resultara<br />

ser una falta, de resultar necesarias, el Fiscal se verá en la obligación de dar inicio a las<br />

investigaciones preliminares y deberá enviarlas, una vez concluidas y junto con la<br />

denuncia o acusación, al Juez de Paz competente, a fin de dar inicio al procedimiento.<br />

b.2 Actuaciones iniciales y medidas cautelares aplicables<br />

Una vez puesta en conocimiento la autoridad judicial sobre la comisión de una<br />

falta penal, le corresponderá a ésta la función de realizar algunas diligencias necesarias<br />

para la comprobación de la veracidad de los hechos denunciados. Así, por ejemplo, en<br />

23

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!