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Derecho Procesal Penal .pdf - AECID

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Para comprender en qué consiste el reparto de causas, y determinar si en nuestro<br />

sistema procesal penal está concebido, GÓMEZ COLOMER, señala que: “Determinado ya<br />

que órgano jurisdiccional es el objetiva, funcional y territorialmente competente, puede<br />

ocurrir, sin embargo, que se hagan necesarias otras disposiciones para fijar exactamente,<br />

dentro del lugar, qué juzgado o tribunal conocerá definitivamente de la pretensión. Ello<br />

ocurre porque en esa ciudad o población hay varios órganos judiciales que, por tener la<br />

misma jerarquía, pueden ser competentes conforme a los tres criterios de atribución<br />

conocidos. Esas disposiciones atienden a lo que se denomina reparto de negocios o asuntos”.<br />

Entendido en qué consiste la presente figura, observamos que la estructura del los<br />

tribunales y juzgados en el orden penal, impiden que en un mismo lugar puedan haber dos<br />

órganos judiciales competentes para conocer determinada causa, máxime cuando en las<br />

ciudades de mayor población y criminalidad, como Tegucigalpa y San Pedro Sula, se ha<br />

suprimido el viejo sistema de varios juzgados en una misma sede, por un nuevo sistema de<br />

juzgados unificados, de tal suerte que, como lo hemos señalado anteriormente, se cuenta con<br />

un solo Juzgado de Paz, que atiende todos los juicios de faltas que se instruyan en esas<br />

ciudades. Lo mismo ocurre a nivel de Juzgados de Letras, que en los Departamentos de<br />

Francisco Morazán y Cortés, han experimentado también esa unificación, habiendo un solo<br />

órgano de esa categoría para conocer de las causas que funcionalmente la ley les otorga. Igual<br />

situación ocurre con el resto del país, donde se cuenta con una definida competencia<br />

territorial, que impide que en determinado sector del interior de la nación, puedan ser<br />

competentes para conocer determinada causa los diferentes juzgados, según los tres criterios<br />

estudiados.<br />

El único reparto de causas que puede existir dentro de la estructura hondureña en<br />

cuanto justicia penal, es al interior de los Juzgados de Paz y de Letras, donde se haya<br />

procedido a la unificación de diversos despachos judiciales que anteriormente tenían<br />

asignados diferentes términos territoriales, y que ahora actúan como un solo tribunal, pero<br />

que internamente sirven en la labor jurisdiccional diversos jueces bajo la coordinación de uno<br />

sólo. Igual situación opera con los Tribunales de Sentencia, en que por ejemplo en las<br />

ciudades más importantes se encuentran formados por más de cuatro jueces, de tal forma que<br />

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