Ley de Defensa Nacional - Ministerio de Defensa
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45a. reunión - continuación 5a. sesión extraordinaria<br />
A<strong>de</strong>más —si se me autoriza la digresión— con el mismo <strong>de</strong>recho que el diputado Alsogaray<br />
reivindicó al presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> los argentinos, quien tuvo el coraje necesario para firmar el <strong>de</strong>creto<br />
por el que se procesó a los responsables <strong>de</strong> esa dictadura sangrienta que pa<strong>de</strong>ció la República.<br />
(Aplausos).<br />
Se dijo también aquí que este régimen no contempla entre las hipótesis <strong>de</strong> conflicto al conflicto<br />
interno. Segundo craso error, porque el proyecto no <strong>de</strong>termina hipótesis <strong>de</strong> conflicto, ni<br />
interno ni <strong>de</strong> otro tipo. El proyecto establece un organismo, el Consejo <strong>de</strong> <strong>Defensa</strong> <strong>Nacional</strong>,<br />
que asesora al presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Nación, quien es en <strong>de</strong>finitiva el que <strong>de</strong>termina las hipótesis <strong>de</strong><br />
conflicto. Este proyecto no <strong>de</strong>termina hipótesis <strong>de</strong> conflicto alguno. A lo sumo instaura un mecanismo<br />
<strong>de</strong> asesoramiento al presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República.<br />
Contesto <strong>de</strong>l modo siguiente los cuestionamientos que se hacen sobre la integración <strong>de</strong> dicho<br />
organismo. Si en el título <strong>de</strong>stinado a las disposiciones transitorias <strong>de</strong>cimos que el Consejo <strong>de</strong><br />
<strong>Defensa</strong> <strong>Nacional</strong> tiene entre sus funciones primordiales la elaboración <strong>de</strong> anteproyectos legislativos<br />
en temas tan vitales como el servicio militar, la producción para la <strong>de</strong>fensa, el sistema<br />
nacional <strong>de</strong> información e inteligencia y el secreto <strong>de</strong> Estado, ¿cómo no iban a formar parte <strong>de</strong><br />
él los legisladores? ¿Cómo pue<strong>de</strong> cuestionarse esto cuando una <strong>de</strong> las funciones primordiales <strong>de</strong><br />
ese organismo es precisamente contribuir a la legislación sobre temas vinculados a la <strong>Defensa</strong>?<br />
Es cierto, sí, que el proyecto no contempla ninguna hipótesis <strong>de</strong> conflicto y excluye expresamente<br />
las hipótesis <strong>de</strong> conflicto interno. Y no es que seamos ingenuos, no es porque no creamos<br />
que pueda existir un rebrote subversivo en el país. Pero tendría que darse la condición adicional<br />
<strong>de</strong> que superara a las fuerzas <strong>de</strong> seguridad <strong>de</strong> la Nación. En mi primera intervención en este <strong>de</strong>bate<br />
mencioné números sobre estas fuerzas <strong>de</strong> seguridad y no los reiteraré ahora. Pero a<strong>de</strong>más<br />
se ha omitido prolijamente —cuidadosamente, diría, señor presi<strong>de</strong>nte— la mención <strong>de</strong> cláusulas<br />
constitucionales que hacen que el país no pueda caer en estado <strong>de</strong> in<strong>de</strong>fensión. Me refiero a<br />
los incisos 15 y 17 <strong>de</strong>l artículo 86 <strong>de</strong> la Constitución <strong>Nacional</strong>, que facultan al presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la<br />
Nación para disponer <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas cuando lo consi<strong>de</strong>re pru<strong>de</strong>nte y necesario.<br />
Aquí se ha hablado también mucho <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho comparado. ¿Cómo se combate la subversión<br />
y el terrorismo en otras latitu<strong>de</strong>s, en otros pueblos? ¿Cómo combate Francia la Acción<br />
Directa? ¿Cómo combate España al ETA? ¿Cómo combate Italia a las Brigadas Rojas? ¿Cómo<br />
combate Alemania a los grupos <strong>de</strong> Baa<strong>de</strong>r-Meinhoff? Estos países combaten a las organizaciones<br />
terroristas con fuerzas <strong>de</strong> seguridad especialmente adiestradas, posibilidad que aquí habrá que<br />
contemplar cuando tratemos la futura ley <strong>de</strong> paz interior o <strong>de</strong> seguridad interior. Pero se trata<br />
siempre <strong>de</strong> fuerzas <strong>de</strong> seguridad —Carabineros, Gendarmería, Guardia Civil, etcétera—; no se<br />
trata nunca <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas en operaciones. No <strong>de</strong>scarto la posibilidad <strong>de</strong> su intervención<br />
en un caso extremo. Lo que <strong>de</strong>scarto es la inclusión <strong>de</strong> esta posibilidad en el texto <strong>de</strong> la ley,<br />
porque podría ocurrir que algún <strong>de</strong>saprensivo —que seguramente no será este presi<strong>de</strong>nte— se<br />
valiese <strong>de</strong> esta posibilidad abierta en el país para hacernos volver a los planes Conintes interpretando<br />
que una protesta obrera, por ejemplo, es un conflicto interno. Tendríamos, entonces, <strong>de</strong><br />
nuevo a las Fuerzas Armadas en la calle, reprimiendo las protestas obreras o los conflictos gremiales.<br />
Nosotros no estamos dispuestos a que esto ocurra <strong>de</strong> nuevo en la República, porque no<br />
hace tanto que ocurrió para <strong>de</strong>sgracia <strong>de</strong> todos los argentinos.<br />
Es cierto, también, que es distinta la organización, el <strong>de</strong>spliegue y el entrenamiento <strong>de</strong> las<br />
Fuerzas Armadas según tengan que combatir enemigos externos o internos. Nosotros queremos<br />
Fuerzas Armadas preparadas para enfrentar al enemigo externo. Al enemigo interno, llegado el<br />
caso, se lo combate <strong>de</strong> la misma forma en que se hizo en otros países <strong>de</strong>l mundo, que no son ni<br />
más ni menos importantes que nosotros. Es <strong>de</strong>cir, que no hay un solo argumento que haya abonado<br />
la necesidad <strong>de</strong> reinstaurar en el país la doctrina <strong>de</strong> la seguridad nacional.<br />
Se habló, también, <strong>de</strong> las funciones <strong>de</strong> la inteligencia. Al señor diputado Zaffore le preocupaba<br />
sobremanera que las Fuerzas Armadas no puedan realizar tareas <strong>de</strong> contraespionaje, por<br />
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1987-1988