Ley de Defensa Nacional - Ministerio de Defensa
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8 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 1988<br />
Pero cuando la vida diaria, la vida concreta, la realidad obliga a que las Fuerzas Armadas<br />
intervengan, entonces se dice “¿Cómo? ¿Esto no es doctrina <strong>de</strong> seguridad nacional? ¿No se está<br />
refiriendo al pueblo contra el que se interviene?” “Esta es otra situación, contestan”. Se trata <strong>de</strong><br />
una aplicación <strong>de</strong> la Constitución <strong>Nacional</strong>. Des<strong>de</strong> chicos nos enseñan que la Constitución es la<br />
ley suprema <strong>de</strong> la Nación y que <strong>de</strong>ben subordinarse a ella las leyes nacionales y tratados celebrados<br />
con potencias extranjeras.<br />
Entonces, ¿cómo pue<strong>de</strong> ser que no se legisle respecto <strong>de</strong> este punto aunque sea sosteniendo<br />
que no se legisla porque son cláusulas operativas constitucionales, concepto con el cual disiento.<br />
Que se diga eso, pero que no se dé pompa por ley; se lo prohíbe porque es doctrina <strong>de</strong> seguridad<br />
nacional y se lo aplica siempre que sea necesario porque se trata <strong>de</strong> la Constitución <strong>Nacional</strong>.<br />
Y así termina la frase feliz <strong>de</strong>l ministro que salvó la situación. Esta no es una cuestión <strong>de</strong> habilida<strong>de</strong>s<br />
dialécticas sino <strong>de</strong> un trabajo serio con el que nosotros <strong>de</strong>bemos solucionar el problema<br />
<strong>de</strong> la <strong>Defensa</strong> <strong>Nacional</strong> y <strong>de</strong> los militares, <strong>de</strong> manera que ellos sepan a qué atenerse.<br />
He tenido la curiosidad <strong>de</strong> hablar con diplomáticos, representantes militares <strong>de</strong> muchas naciones<br />
—no <strong>de</strong> todas— y al plantearles este problema se mostraron sorprendidos y pensaban que<br />
algo raro me sucedía. Luego <strong>de</strong> terminar la discusión me seguían mirando con extrañeza. Porque<br />
ésta es una cuestión que ocurre en todos los países, en los socialistas y en los capitalistas. Las<br />
Fuerzas Armadas, que son una estructura muy costosa, son utilizadas en el lugar que es necesario<br />
<strong>de</strong> acuerdo al po<strong>de</strong>r político —y no a ellas porque, evi<strong>de</strong>ntemente tienen que estar subordinadas<br />
al po<strong>de</strong>r político— y <strong>de</strong> acuerdo a la reglamentación anterior para que las Fuerzas Armadas ya<br />
tengan conciencia <strong>de</strong> que no se las utiliza arbitrariamente en <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> nuestra sociedad.<br />
Entonces, éste es el pensamiento que me suscita ese inci<strong>de</strong>nte —dicho con un sentido amable—<br />
ocurrido en el transcurso <strong>de</strong> esa sesión.<br />
Por otra parte, al terminar su exposición el señor ministro <strong>de</strong> <strong>Defensa</strong> dijo lo siguiente: “Des<strong>de</strong><br />
el punto <strong>de</strong> vista doctrinario, creo que es aconsejable mantener la distinción que señala el proyecto<br />
<strong>de</strong> ley <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensa que, por otra parte, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> mi punto <strong>de</strong> vista no podrá constituirse en un<br />
obstáculo para el ejercicio <strong>de</strong> las faculta<strong>de</strong>s constitucionales que el presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la Nación tiene<br />
respecto <strong>de</strong> la hipótesis <strong>de</strong> conmoción interior, como la que ya hemos analizado en este <strong>de</strong>bate.”<br />
Lo que yo señalo, entonces, es que pongamos el <strong>de</strong>bate en este punto y que expresemos que<br />
pue<strong>de</strong> ser necesario que las Fuerzas Armadas intervengan en cuestiones internas a favor <strong>de</strong> la<br />
Patria, <strong>de</strong> la sociedad, <strong>de</strong> la <strong>de</strong>mocracia y <strong>de</strong> la Constitución, que el Po<strong>de</strong>r Ejecutivo va a ser el<br />
único en aplicarlo y directamente, porque la cláusula <strong>de</strong> la Constitución es operativa y así terminamos<br />
con la cuestión. De esta manera, tendremos una ley honrada y la gente nos va a respetar<br />
más a nosotros, incluyendo los propios militares. Lo que no se <strong>de</strong>be hacer es aprobar una ley <strong>de</strong><br />
modo que cuando se está sancionando, los argumentos son insultos y luego cuando se tenga que<br />
aplicar se dirá que esto es una cosa, y otra cosa es la Constitución.<br />
Observen lo que piensa el señor ministro sobre este particular a continuación: “Si el señor<br />
diputado quiere una síntesis <strong>de</strong> mi pensamiento le diré que la actuación <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas<br />
tiene que estar enmarcada en el ámbito <strong>de</strong> la <strong>Defensa</strong> <strong>Nacional</strong> <strong>de</strong> las instituciones <strong>de</strong> la República<br />
por una ley que se refiere específicamente.”<br />
Es <strong>de</strong>cir que <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l oficialismo no hay acuerdo sobre cómo vamos a terminar esta cuestión<br />
que ha sido embarullada, por el gobierno que comenzó a fines <strong>de</strong> 1983, sobre la base <strong>de</strong> la<br />
doctrina <strong>de</strong> la seguridad nacional en lugar <strong>de</strong> estudiar directamente una ley con la ayuda <strong>de</strong> toda<br />
la sociedad política y <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas, a las que no se tenía que <strong>de</strong>jar a un lado, para obtener<br />
una disposición legal que contemplara la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> la República.<br />
Por una cuestión cronológica, no se pue<strong>de</strong> expresar que la Constitución esté adscripta a la<br />
doctrina <strong>de</strong> la seguridad nacional pero, sin embargo, autoriza sospechosamente la intervención<br />
<strong>de</strong> las Fuerzas Armadas en cuestiones internas.<br />
Dejo así expresado este pensamiento sobre esta cuestión que hasta podríamos <strong>de</strong>nominar