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Ley de Defensa Nacional - Ministerio de Defensa

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32a. reunión - continuación 10a. sesión extraordinaria<br />

Dado el <strong>de</strong>seo <strong>de</strong> esta Cámara <strong>de</strong> agotar el <strong>de</strong>bate en general para entrar en la consi<strong>de</strong>ración<br />

en particular, trataré <strong>de</strong> ser muy concreto y breve.<br />

(Lee) “Nadie ignora que el proyecto <strong>de</strong> ley <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensa venido en revisión para su consi<strong>de</strong>ración<br />

por este cuerpo ha sido largamente <strong>de</strong>batido durante toda su tramitación parlamentaria,<br />

y ha seguido las alternativas <strong>de</strong> la contradictoria política que en materia militar llevó a cabo el<br />

gobierno actual <strong>de</strong>s<strong>de</strong> su instalación en el po<strong>de</strong>r. Tal vez por eso, en estos cuatro años que lleva el<br />

régimen constitucional en el país, el proyecto que nos ocupa no ha logrado la sanción legislativa.<br />

Eso ha contribuido a que las instituciones tuviesen en mora respecto <strong>de</strong> la solución <strong>de</strong>finitiva<br />

<strong>de</strong> lo que ha dado en llamarse la cuestión militar. No se han establecido en su momento reglas <strong>de</strong><br />

juego claras para la <strong>de</strong>finitiva inserción <strong>de</strong> nuestras Fuerzas Armadas en hacer nacional; no se han<br />

<strong>de</strong>finido las hipótesis <strong>de</strong> conflicto, imprescindibles para cualquier planeamiento militar; no se<br />

han medido las consecuencias <strong>de</strong> la anticipada renuncia al uso <strong>de</strong> la fuerza por parte <strong>de</strong> nuestro<br />

país ante la eventualidad <strong>de</strong> un conflicto. En consecuencia, el tema militar ha vegetado, huérfano<br />

<strong>de</strong> la consi<strong>de</strong>ración legislativa, no obstante las periódicas muestras <strong>de</strong> intranquilidad que se han<br />

advertido en filas <strong>de</strong> las fuerzas y <strong>de</strong> las cuales los sucesos <strong>de</strong> Semana Santa <strong>de</strong> 1987 y los <strong>de</strong> Monte<br />

Caseros han sido las manifestaciones más explosivas.<br />

La reciente Mesa <strong>de</strong>l Consenso Democrático abordó el tema <strong>de</strong> la <strong>Defensa</strong> <strong>Nacional</strong> en una<br />

comisión especial y llegó a emitir un comunicado que por su generalidad contó con el asentimiento<br />

<strong>de</strong> la casi totalidad <strong>de</strong> los partidos representados. Pero allí se aclaró que ese acuerdo no<br />

significaba adhesión al proyecto <strong>de</strong> ley <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensa que habían convenido los partidos mayoritarios.<br />

Más aún, el proyecto quedó tal cual estuvo redactado antes <strong>de</strong> la Mesa <strong>de</strong>l Consenso y<br />

no obstante que la mayor parte <strong>de</strong> los partidos representados en ella objetó no sólo su filosofía<br />

general sino varias <strong>de</strong> sus cláusulas fundamentales.<br />

El tema especial que <strong>de</strong>fine la orientación <strong>de</strong>l proyecto es la limitación <strong>de</strong> la acción <strong>de</strong> las<br />

Fuerzas Armadas a las agresiones <strong>de</strong> origen externo.<br />

Respecto a esto los teóricos <strong>de</strong>l problema imbuidos más <strong>de</strong> una i<strong>de</strong>ología anacrónica que <strong>de</strong><br />

una bibliografía actualizada han querido distinguir la <strong>Defensa</strong> <strong>Nacional</strong> <strong>de</strong> la seguridad interior<br />

como si fuesen materias esencialmente distintas que no contribuyen entre sí a la fortaleza única<br />

<strong>de</strong> la Nación.<br />

Desconocen también esos teóricos que la guerra mo<strong>de</strong>rna ha alterado las reglas clásicas <strong>de</strong><br />

los combates y que hoy se libran fronteras a<strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> numerosos países conflictos armados <strong>de</strong><br />

indiscutible origen exterior. ¿Que fue sino entre nosotros el Ejército Revolucionario <strong>de</strong>l Pueblo<br />

que, aunque operando en el país y con argentinos en sus filas, obe<strong>de</strong>cía a una estrategia elaborada<br />

a miles <strong>de</strong> kilómetros <strong>de</strong> nuestra patria? ¿Cómo se pue<strong>de</strong> preten<strong>de</strong>r combatir a ese ejército irregular<br />

apelando a los escasos recursos <strong>de</strong> las fuerzas policiales preparadas profesionalmente para<br />

otro tipo <strong>de</strong> lucha contra el <strong>de</strong>lito?<br />

¿Y qué pasaría en el futuro, pregunto, señor presi<strong>de</strong>nte, si ante una nueva manifestación <strong>de</strong><br />

violencia guerrillera tuviesen que reunirse los po<strong>de</strong>res <strong>de</strong>l Estado para <strong>de</strong>batir si se trata <strong>de</strong> una<br />

agresión externa o interna, a efectos <strong>de</strong> po<strong>de</strong>r resolver recién entonces si se movilizan o no las<br />

Fuerzas Armadas?<br />

Por eso, señor presi<strong>de</strong>nte, no existe para ninguna duda <strong>de</strong> que sancionar la ley <strong>de</strong> <strong>de</strong>fensa tal<br />

cual se encuentra redactada implica hipotecar el futuro <strong>de</strong> la Nación, posponiendo <strong>de</strong>finiciones<br />

que pue<strong>de</strong>n llegar tar<strong>de</strong> en el momento en que golpee una eventual agresión. Las Fuerzas, en el<br />

instante en que el po<strong>de</strong>r político lo consi<strong>de</strong>re necesario, sin po<strong>de</strong>r obligarlo por imperio <strong>de</strong> la ley<br />

a que tenga que discutir —quizá tan largamente como nosotros ahora— la naturaleza <strong>de</strong> la agresión.<br />

El sistema propuesto es poco práctico y podría llegar a ocasionar en su momento un grave<br />

estado <strong>de</strong> in<strong>de</strong>fensión para la Nación.<br />

Pero a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> estos argumentos que surgen <strong>de</strong>l más elemental sentido común, la propia<br />

Constitución <strong>Nacional</strong> ha resuelto el tema con proverbial sabiduría. Dice en efecto el artículo 86,<br />

345<br />

1987-1988

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