10.05.2013 Views

Ley de Defensa Nacional - Ministerio de Defensa

Ley de Defensa Nacional - Ministerio de Defensa

Ley de Defensa Nacional - Ministerio de Defensa

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

330<br />

8 <strong>de</strong> abril <strong>de</strong> 1988<br />

<strong>de</strong>senvolvimiento <strong>de</strong>l mismo hecho: ¿estamos seguros <strong>de</strong> que hubieron solamente militares en<br />

acción o participaron también elementos civiles?<br />

Las circunstancias <strong>de</strong> lo ocurrido en Aeroparque, episodio en que sus autores expresamente<br />

señalaron que estaban en directo apoyo <strong>de</strong>l alzamiento que ocurría en Monte Caseros, <strong>de</strong>muestran<br />

lo complejo <strong>de</strong>l problema. Demuestran, también, que cuando se quiere extremar el análisis<br />

racionalista que preten<strong>de</strong>, mediante una normativa legal, cubrir todos los supuestos, con el objetivo<br />

<strong>de</strong> separar la acción <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas <strong>de</strong> toda actividad que no sea la específicamente<br />

ante lo externo, es como si se quisiera tapar el cielo con un harnero.<br />

En lugar <strong>de</strong> estas trabajosas y forzadas lucubraciones legales, en las que la mente humana<br />

preten<strong>de</strong> imaginar los supuestos fácticos, con <strong>de</strong>tallismos que ante los hechos muestran su insuficiencia,<br />

es mejor <strong>de</strong>jar la vigencia <strong>de</strong> los principios constitucionales <strong>de</strong>sarrollándolos tal cual<br />

son, principios que por su concisión y generalidad abarcan todos los supuestos, como antes he<br />

sostenido. Esos principios conce<strong>de</strong>n al presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República y a los funcionarios que <strong>de</strong> él<br />

<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>n todas las faculta<strong>de</strong>s necesarias para el mantenimiento <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n constitucional y a la<br />

vez, como dije antes, con las responsabilida<strong>de</strong>s consiguientes para actuar <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los carriles<br />

que nuestra <strong>Ley</strong> Suprema establece.<br />

Será lo que los constitucionalistas y la doctrina judicial llaman la “pru<strong>de</strong>ncia política”, la<br />

estrella polar que oriente las rectas <strong>de</strong>cisiones que a veces <strong>de</strong>ben ser tomadas sin inhibiciones ni<br />

complejos, inspiradas solamente por la plena convicción <strong>de</strong> actuar en <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n constitucional,<br />

dando cuenta al Congreso <strong>de</strong> las motivaciones o <strong>de</strong> las circunstancias <strong>de</strong> hecho existentes<br />

o sobrevinientes.<br />

En resumen, el proyecto <strong>de</strong> ley tal como viene elaborado no pue<strong>de</strong> artificialmente dividir<br />

lo que en la realidad va muchas veces unido <strong>de</strong> manera indisoluble, o pue<strong>de</strong>n maniatarse las<br />

atribuciones y <strong>de</strong>beres constitucionales <strong>de</strong>l presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> la República, que en circunstancias <strong>de</strong><br />

excepción, como las que prevé nuestra Constitución, tiene la facultad y el <strong>de</strong>ber <strong>de</strong> tomar los recaudos<br />

que aquélla prescribe para <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>r su vigencia. Su buen o mal <strong>de</strong>sempeño en el ejercicio<br />

<strong>de</strong> estas atribuciones y responsabilida<strong>de</strong>s, tienen también previstos los cauces apropiados <strong>de</strong>ntro<br />

<strong>de</strong> nuestro sistema constitucional.<br />

Acabamos <strong>de</strong> observar que pue<strong>de</strong>n existir supuestos, como el ocurrido en enero, que presionan<br />

y superan la normativa legal proyectada no encontrando cabida <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la misma.<br />

Pero <strong>de</strong>bemos agregar que incluso algunas <strong>de</strong> las disposiciones previstas en el proyecto, que<br />

impedirían toda actuación <strong>de</strong> las Fuerzas Armadas en ciertos aspectos internos, son meras disposiciones<br />

teóricas que los hechos pue<strong>de</strong>n obligar a <strong>de</strong>sconocer. Tal es el caso <strong>de</strong> los conflictos<br />

sociales generalizados y locales en los que, conforme al proyecto, las Fuerzas Armadas no pue<strong>de</strong>n<br />

intervenir. Yo me pregunto ¿qué actitud <strong>de</strong>bería tomar el Po<strong>de</strong>r Ejecutivo <strong>Nacional</strong> en el caso<br />

<strong>de</strong> que las fuerzas policiales y <strong>de</strong> seguridad se vieran superadas por un conflicto y, lo que es peor<br />

aún, no quisieran actuar?<br />

Esto último no es una hipótesis fantasiosa.<br />

Ya hemos visto cómo el malestar en las policías ha obligado a su reemplazo por otras fuerzas<br />

<strong>de</strong> seguridad, circunstancia hoy bastante repetida en sus eventuales posibilida<strong>de</strong>s.<br />

Y esa posibilidad se pue<strong>de</strong> dar también porque están subyaciendo factores económicos acuciantes,<br />

también en las Fuerzas que pue<strong>de</strong>n actuar como sustitutas, salvo que para asegurar su<br />

disposición se les acuer<strong>de</strong>n privilegios excepcionales, lo que tampoco sería aconsejable <strong>de</strong>ntro<br />

<strong>de</strong>l panorama general.<br />

Estos ejemplos, que nada tienen que ver con la fantasía sino que rozan realida<strong>de</strong>s conocidas,<br />

muestran que si queremos <strong>de</strong>fen<strong>de</strong>r la sociedad y el or<strong>de</strong>n constitucional no <strong>de</strong>bemos acudir a<br />

distorsiones artificiales como las que a mi juicio emanan <strong>de</strong>l proyecto en cuestión, en el asunto<br />

que examinamos.<br />

Ahora volvamos al ejemplo <strong>de</strong> Monte Caseros. Quien crea que no puedan repetirse episodios

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!