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también por verdadera compra y venta. Teníail cinco especies de<br />

verdadera moneda, aunque ninguna acuñada, que les servían de<br />

precio para comprar lo que q~erían."~ Las cinco diferentes clases<br />

de inoneda estaban constituidas por: "Cierta especie de cacao,<br />

diferente de aquel que usaban en las bebidas cotidianas, el cual<br />

giraba incesantemente por las manos de los negociantes, como<br />

entre nosotros el dir~ero";~ "Ciertas pequeñas telas de algodón,<br />

que llamaban jatolquachtli, casi únicameiite destinada para adquirir<br />

las mercancía^";^ "Oro en grano contenido dentro de plumas<br />

de pato. . . en proporción a su hueco, eran de más o menos va-<br />

10r";~ ". . .ciertas piezas de cobre en figura de T, Ia cual se empleaba<br />

para cosas de poco ~alor";~ "ciertas piezas sutiles de e~taño".~<br />

Durante la época colonial -1 52 1-1 821 - el gobierno virreynal<br />

estableció, en el aiio de 1675, el patrón monetario denominado<br />

bimetalismo, constituido a base de oro y de plata. Las relaciones<br />

de cambio de ambos metales fueron inicialmente muy variables.<br />

Lograda al fin su estabilización, a base de una unidad de oro por<br />

16.5 de plata, el gobierno independiente en principio aceptó tal<br />

relación así como el sistema monetario, que en esencia no sufrió<br />

modificación alguna,* salvo que el escudo colonia1 de las monedas<br />

fue substituido por el emblema nacional. Así, el peso y la ley de<br />

las rrionedas, además de la relación legal entre ambos metales y la<br />

propia legislación monetaria permanecieron, hasta la reforma de<br />

1905, inalterables, con excepción de las pequeñas modificaciones<br />

que se le hicieron, a través de los decretos, durante el gobierno de<br />

don Benito Juárez, de noviembre de 1867 y junio de 1873. Sin<br />

embargo, parece que lo que realmente se adoptó fue un monometalismo<br />

plata -y no un bimetalisino-, como lo prueba el hecho de<br />

que desde el año de 1535. fecha de la fundaciói~ de la Casa de la<br />

Moneda de México, hasta 1821, fin de la Colonia, el porciento de<br />

acuñación del oro en relación con la plata fue de 5.25 % ; y de 1822<br />

2~rancisco Javier Clavijrro, Historia antigua de México, p. 172, citado por Ernesto<br />

Lobato, El crédito en Mixicc, Fondo de Cultura Económica, México, 1945, pp. 24-25.<br />

3~bidenz.<br />

41dem.<br />

SIdem.<br />

61dem.<br />

71dem.<br />

8 ~ artículo 1 60 del Decreto que creó la moneda mexicana -septiembre de 1823decía:<br />

"Cuidará el gobierno, al tiempo de publicar este Decreto, de manifestar al público<br />

que las leyes de las monedas de oro y plata son las mismas que las del gobierno español<br />

de 40 años a esta parte." Citado por R. Torres Gaitán, Política monetaria mexicana,<br />

México, 1944, p. SO.

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