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Efectos ambientales del libre comercio - PAOT

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<strong>Efectos</strong> <strong>del</strong> TLCAN en el agua de la cuenca de los Grandes Lagos 109protección <strong>del</strong> agua o de cualquier otro recurso de propiedad común consiste en renegociarlos o, deplano, en que Canadá se retire de ellos. El TLCAN en nada ayuda a la protección de los recursoshídricos, pero sí puede menoscabar nuestra capacidad para proteger tanto la cantidad como lacalidad <strong>del</strong> agua de Canadá. 62El gobierno canadiense considera que en su estado natural el agua no es un bien y, por ende, noestá sujeta a las obligaciones comerciales de Canadá. 63 En consecuencia, ha propuesto una formalimitada de prohibición a las exportaciones de agua de las principales cuencas hidrológicascanadienses. Dos análisis fidedignos, de origen no gubernamental, sobre <strong>comercio</strong> y agua desde unaperspectiva de política difieren <strong>del</strong> gobierno de Canadá, pero por motivos distintos. Un grupo deabogados contratados por el Fondo para la Protección de los Grandes Lagos presentó al Consejo deGobernadores de los Grandes Lagos su opinión en el sentido de que el TLCAN no se aplica al<strong>comercio</strong> internacional de agua en virtud de la declaración conjunta de los signatarios por la queexcluyen <strong>del</strong> ámbito <strong>del</strong> acuerdo al agua en su estado natural; pero concluyeron que el AcuerdoGeneral sobre Aranceles Aduaneros y Comercio restringe sustancialmente la capacidad de losgobiernos federales, estatales y provinciales para limitar de manera unilateral el <strong>comercio</strong> de agua enla cuenca de los Grandes Lagos. 64La Asociación para la Legislación Ambiental de la Costa Oeste (West Coast Environmental LawAssociation) coincide, pero considera que el TLCAN constituye una restricción aún más poderosapara dicha acción gubernamental en virtud de sus apartados sobre inversión y servicios. LaAsociación considera poco probable que la declaración conjunta de los signatarios <strong>del</strong> TLCAN enmateria de agua pueda aplicarse legalmente y, además de recomendar una legislación federalcanadiense que de manera clara prohíba las exportaciones de agua, sugiere que se realicenenmiendas al TLCAN para explícitamente excluir al agua de su ámbito.Las ambigüedades de los acuerdos comerciales en relación con el agua han preocupado a laciudadanía y a organizaciones no gubernamentales en la cuenca de los Grandes Lagos y el río SanLorenzo, quienes desde principios de la década de los ochenta han luchado por impedir alteracionesconsiderables a los sistemas hídricos de la cuenca, tales como embalses, grandes aprovechamientos,proyectos para el control de la erosión, estructuras para el control <strong>del</strong> flujo y desviaciones de lacuenca. La amenaza de estas ambigüedades radica en que pueden llegar a permitir la construcciónde desviaciones —mediante cisternas, acueductos y la exportación de grandes volúmenes—, asícomo retiros múltiples de pequeña escala y usos consuntivos, sin que su prevención resulte posible.Consecuentemente, se ha hecho un llamado a los miembros <strong>del</strong> TLCAN para resolver lasambigüedades en torno al <strong>comercio</strong> <strong>del</strong> agua; asimismo, se ha comenzado a trabajar en unapropuesta de manejo de los aprovechamientos de agua en la cuenca no discriminatorio y basado enlos ecosistemas, misma que podría servir como mo<strong>del</strong>o para la conservación y la protección de losecosistemas en otras regiones de América <strong>del</strong> Norte. Dadas las recientes decisiones de los tribunalesde conformidad con el mecanismo de solución de controversias entre inversionistas y estado <strong>del</strong>capítulo 11 <strong>del</strong> TLCAN, incluso las medidas no discriminatorias pueden ser recusadas.En este apartado esbozamos algunos elementos de una estrategia para probar en términoscomerciales una nueva norma común para la protección de los Grandes Lagos, sobre todo en lo quese refiere a retiros y exportaciones de grandes volúmenes de agua. Destaca el hecho de que estanueva norma común podría servir de base a un nuevo acuerdo ambiental o de conservación bilateral62Elizabeth May, Directora Ejecutiva, Sierra Club de Canadá, Taller sobre los efectos <strong>del</strong> TLCAN en los recursoshídricos, 11 de septiembre de 2000.63Consúltese la petición <strong>del</strong> gobierno canadiense al respecto, en el anexo 9 <strong>del</strong> Informe final de la CCI. Dado que elagua está considerada como un bien en el régimen de aranceles <strong>del</strong> GATT, con esa misma categoría se le considerará paraefectos tanto <strong>del</strong> GATT/OMC como <strong>del</strong> TLCAN, según Barry Appleton, Navigating NAFTA, Carswell, 1994, p. 201. Larespuesta <strong>del</strong> gobierno canadiense plantea que el régimen de aranceles simplemente indica en qué clasificación arancelariase ubica el agua cuando se le comercia como un bien.64Governing the Withdrawal of Water from the Great Lakes, mayo 18 de 1999 (en el archivo de la autora).

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