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Efectos ambientales del libre comercio - PAOT

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<strong>Efectos</strong> <strong>del</strong> TLCAN en los procesos de legislación y manejo <strong>ambientales</strong> 249En cuanto a la etapa de evaluación de riesgo, como se indicó antes, dicho requisito se aplicasólo a las medidas que corresponden a las disposiciones SFS <strong>del</strong> derecho comercial. No obstante, lafalta de una evaluación de riesgo puede ser vista como una desventaja en términos de la relación conotras disciplinas, por ejemplo si el objetivo ambiental es discriminatorio o crea una barreradisfrazada al <strong>comercio</strong>.Tampoco aquí hay nada contradictorio en sí entre los sistemas comerciales y los <strong>ambientales</strong>.De hecho, una adecuada evaluación de riesgos puede ayudar a una toma de decisiones mejorinformada. Existe una razonable preocupación, sin embargo de que la evaluación de riesgos implicaimportantes requisitos de capacidades, lo que puede ser una carga para los recursos <strong>ambientales</strong>.Ello incluye la capacidad para identificar las fuentes de riesgo, los métodos de muestreo y pruebas,el manejo de los datos, etcétera. Además, varios casos comerciales han argumentado que lasevaluaciones de riesgo en sí mismas deben aplicar estándares y procesos aceptadosinternacionalmente para que sean vistos como “legítimos” (e.g., Salmón de Australia, 1998,Hormonas para carne, 1998). En consecuencia, aunque no existen conflictos legales o de objetivos,las consecuencias prácticas pueden ser importantes, en especial en relación con los requerimientosde capacidades.Ante la carencia de capacidades sustanciales y amplias para realizar evaluaciones de riesgo, unfactor relacionado es la habilidad de aplicar diferentes tipos de procesos de evaluación a diferentesproblemas potenciales. La falta de concordancia entre los niveles de evaluación puede ser utilizadacomo “prueba” de otras motivaciones. En este caso, la disponibilidad de evaluacionesinternacionales o evaluaciones de otros países puede reducir la carga; aunque las subsecuentesmedidas de manejo de riesgo difieren de las asociadas con el sistema de evaluación de riesgoutilizado, ello puede plantear importantes asuntos que requieran justificación técnica o científicaadicional.En la medida en que la transparencia es un requisito creciente en los procesos internacionales deevaluación de riesgo, ello puede representar una contribución positiva al proceso de gestiónambiental siempre y cuando se aplique de modo equitativo a todos los sectores interesados y sumotivación no sea retrasar o distorsionar la independencia <strong>del</strong> proceso o el resultado de laevaluación.La identificación <strong>del</strong> objetivo ambiental es una etapa de enlace para fines <strong>del</strong> derechocomercial. En términos simplistas, la evaluación de riesgo valora el peligro y establece por qué esnecesario fijar un objetivo ambiental. Dicho objetivo indica a los funcionarios y a los sectorespertinentes, en términos claros, lo que es necesario conseguir. La decisión sobre el manejo de riesgo,a su vez, establece cómo habrá de lograrse dicho objetivo. La identificación <strong>del</strong> objetivo, por tanto,funciona como vínculo entre la evaluación y el proceso de manejo. Los casos de controversiacomercial no han establecido con claridad esta cadena conceptual y práctica (e.g., Salmón deAustralia, 1999), lo que hace particularmente importante para los gestores <strong>ambientales</strong> el considerarcómo se dan estos enlaces.Para el derecho comercial, el objetivo ambiental ofrece un punto de comparación fundamentalentre productos comercialmente sustituibles y entre productos diferentes con niveles de riesgosimilares. La concordancia entre la identificación de objetivos <strong>ambientales</strong> comparables en relacióncon riesgos comparables sustenta la buena voluntad de las medidas. En sentido inverso, la existenciade importantes diferencias en la naturaleza de los objetivos <strong>ambientales</strong> para niveles similares deriesgo puede ser usada para sugerir que existen motivaciones comerciales detrás de la medida. Laclaridad respecto <strong>del</strong> objetivo ambiental es también el punto de referencia esencial en lacomparación <strong>del</strong> impacto ambiental de las diferentes herramientas que pueden estar disponibles parael logro <strong>del</strong> objetivo, como se observa en la siguiente etapa.El derecho comercial establece con claridad que los estados pueden elegir sus objetivos<strong>ambientales</strong>, siempre y cuando no lo hagan con fines proteccionistas. Con ello se subraya el vínculo

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