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Efectos ambientales del libre comercio - PAOT

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<strong>Efectos</strong> <strong>del</strong> TLCAN en el agua de la cuenca de los Grandes Lagos 123Debe notarse que la tendencia a privatizar la generación y distribución de la energía eléctricatambién está contribuyendo a aumentar la conciencia ciudadana en torno al impacto que losprocesos de la hidroelectricidad tienen en los ecosistemas acuáticos, la biodiversidad y los derechosindígenas. 102 Pero a diferencia de lo que ocurre en el sector de la electricidad, donde se hanintroducido tecnologías respetuosas <strong>del</strong> medio ambiente para generar energía a partir de fuentesrenovables (por ejemplo, energía eólica y solar), en el caso de los recursos hídricos la desregulación<strong>del</strong> aprovechamiento y los servicios a favor <strong>del</strong> sector privado promete escasos beneficios<strong>ambientales</strong>.Cada vez resulta más evidente que los costos <strong>del</strong> deterioro de la calidad <strong>del</strong> agua son enormes. 103Sin embargo, el rigor gubernamental renovado que sería necesario para garantizar la protección <strong>del</strong>os recursos hídricos, prevenir la contaminación y hacer valer los principios de salud pública, se velimitado por instrumentos jurídicos externos, como el propio TLCAN, que resultan pocodemocráticos y que no asumen responsabilidades. Los esfuerzos por demostrar las barreras queimponen el TLCAN, el Banco Mundial, la Organización de Estados Americanos y la OMC estánganando cada vez más terreno y lo mismo ocurre con la oposición a la privatización <strong>del</strong> agua .104El emergente concepto <strong>del</strong> derecho humano al aguaHacer énfasis en el derecho humano al agua potable es mucho más que simplemente resaltar suimportancia: implica reconocer la prioridad de los derechos humanos internacionalmentereconocidos, insistir en las obligaciones para garantizar el acceso público al recurso e identificar laobligación de los estados de velar nacional e internacionalmente por que este derecho se ejerza en lapráctica. 105 Este enfoque contribuye también a resolver los conflictos en torno al uso de los recursoshídricos compartidos, si con base en él se identifican los requerimientos mínimos y las prioridadesen la asignación para todas las partes de una cuenca. Cubrir los requerimientos básicos de agua paratodos los seres humanos, al tiempo que se salvaguarda la función ecológica, debería convertirse enelemento central de las prioridades gubernamentales de asignación en las decisiones de manejo,<strong>comercio</strong> e inversión <strong>del</strong> agua. 106El debate sobre si el acceso al agua potable de calidad es un derecho humano o una “necesidad”sujeta a las fuerzas de la oferta y la demanda <strong>del</strong> mercado se recrudeció en la Cumbre Ministerial deLa Haya sobre Seguridad <strong>del</strong> Agua en el Siglo XXI. Un informe reciente de la Subcomisión de laONU para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos concluyó que la carencia o102Incluso la desregulación de la electricidad está teniendo que enfrentar reacciones violentas; véase “California’s Moveto Limit Power Rates Hits Resístanse”, New York Times, 11 de agosto de 2000.103US EPA, Liquid Assets, .104ADES (Asociación para la Democracia, la Ecología y la Solidaridad), boletín de prensa, 20 de marzo de 2000,Grenoble, Francia, . Después de 11 años con un servicio de abastecimiento de aguaprivatizado en Grenoble (proporcionado por la empresa Lyonnaise des Eaux), el gobierno de la ciudad decidió que elservicio debía estar nuevamente bajo control público. En un informe presentado en 1997, Cour des Comptes, el organismoauditor nacional de Francia, señala que “la falta de supervisión y control de los servicios públicos <strong>del</strong>egados, agravada porla falta de transparencia en esta forma de manejo, ha dado lugar a abusos”. Consúltese Public Services International (PSI),World Water Forum Briefing, .105Peter Gleick, The Human Right to Water, Pacific Institute for Studies in Development, Environment and Security,1 (5) Water Policy, 487-503, 1999, . Véanse también las referencias citadas en este documento,incluida S. McCaffrey, Georgetown International Environmental Law Review, 1992, vol. V, 1, 1-24. Si bien se consideraque el derecho al agua se deriva de los derechos humanos internacionalmente reconocidos, el concepto está ganando unreconocimiento cada vez mayor y, por citar un par de ejemplos, tanto en el Convenio de las Naciones Unidas sobre losDerechos <strong>del</strong> Niño (1989) como en la Constitución de Sudáfrica se hace ya referencia directa al derecho al agua.106Refiérase a la Conferencia de Iguazú, Brasil, celebrada <strong>del</strong> 24 al 29 de noviembre de 2000, en torno a la Evaluaciónmundial sobre abastecimiento y saneamiento <strong>del</strong> agua 2000, realizada por la UNICEF y la OMS, con énfasis en elsaneamiento ambiental desde los hogares, el saneamiento ecológico, el aprovechamiento de los residuos como recurso, elsaneamiento escolar, la mercadotecnia social, la evaluación de riesgos, el abastecimiento a las zonas urbanas marginadas,las metas, los indicadores y el monitoreo. Contactos: Nabil El-Khodari y .

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