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Efectos ambientales del libre comercio - PAOT

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462Simposio de América <strong>del</strong> Norte sobre Análisis de los Vínculos entre Comercio y Medio Ambientepermisos NPDES a un estado que reúna determinados criterios. 19 En el estado de Arizona, la EPA esla que coordina el programa de permisos NPDES y no el estado, y por lo tanto, los DMR sepresentan a la Región IX de la EPA en San Francisco, California. Asimismo, muchas plantas detratamiento de aguas residuales en Arizona también presentan sus DMR al Departamento de CalidadAmbiental de Arizona (Arizona Department of Environmental Quality, ADEQ), el organismo estatalde protección ambiental.Todas las leyes <strong>ambientales</strong> de Estados Unidos, entre ellas la CWA, tienen una disposición muyimportante, la de demanda ciudadana. La demanda ciudadana es una acción judicial que puedeinterponer cualquier interesado 20 contra un contaminador o el órgano regulador responsable degarantizar que la CWA no sea infringida. El objetivo de la demanda ciudadana puede ser lograr queun tribunal expida una orden que exija que el contaminador cese las actividades contaminantes. Sepuede interponer una demanda ciudadana contra una dependencia reguladora (ya sea la EPA federalo una dependencia estatal) por incumplimiento de sus obligaciones jurídicas 21 en virtud de la CWA.El principal resultado de este tipo de acción judicial ciudadana es una orden <strong>del</strong> tribunal por la quese exija a la dependencia el cumplimiento de sus obligaciones jurídicas. Si el dictamen judicialfavorece sustantivamente al demandante, se le cubren los costos legales y honorarios <strong>del</strong> abogado,pero no percibe compensaciones por concepto de sanción o por daños y perjuicios. Aunque muchosprocuradores sostienen que las demandas ciudadanas dan demasiado poder a la gente, es evidenteque se trata de “otras herramientas útiles” para hacer valer la legislación ambiental en EstadosUnidos. 22 Si el ciudadano no pudiera actuar en calidad de procurador general por medio de estadisposición de demanda ciudadana, la calidad <strong>del</strong> medio ambiente de Estados Unidos sería muyinferior a lo que es hoy en día.Aunque el derecho de demanda ciudadana es importante, su valor para la gente es directamenteproporcional a la cantidad de información que sobre observancia de la ley tengan los posiblesafectados legalmente habilitados 23 para interponer acción judicial ciudadana. La Ley de libertad deinformación (Freedom of Information Act, 24 FOIA) permite a la ciudadanía el acceso a lainformación y documentación gubernamental mediante solicitudes por escrito. Aunque hayexcepciones, 25 se debe entregar al solicitante la mayor parte de la información. La FOIA también1933 U.S.C. § 1342 (b).20La CWA define el término “ciudadano” como cualquier persona que tenga “un interés que es o puede ser objeto deperjuicio”. 33 U.S.C. § 1365 (g).21Determinar cuáles son los deberes que según la CWA son “obligatorios” es un tema de discusión y gran controversiaen varias instancias judiciales <strong>del</strong> país, entre ellas los tribunales <strong>del</strong> Distrito de Arizona. Véase Sierra Club y col. v.Browner y col., CIV-00-184-TUC-RCC, Moción desestimativa (motion to dismiss) de la EPA (D. Ariz. 2000). Es posibleque en los próximos años este tema se convierta en una de las preocupaciones <strong>ambientales</strong> más importantes —cómo yhasta qué punto se aplicarán las leyes <strong>ambientales</strong>. El tema aborda, desde una perspectiva de política, los problemas que segeneran cuando las dependencias reguladoras “deciden” no aplicar una ley ambiental, sobre todo en un área vulnerablecomo la región fronteriza Arizona-México.22Gwaltney of Smithfield v. Chesapeake Bay Foundation, 484 U.S. 49, 61 (1987) (declaración <strong>del</strong> Senador Bayh).23La habilitación legal es un requisito indispensable que el demandante debe cumplir para poder interponer una demandaciudadana. Se define el término en el Artículo III de la Constitución de EU, que dispone que debe haber un caso ocontroversia para que un tribunal pueda conocer de ella. La Suprema Corte de Estados Unidos, en Lujan v. Defenders ofWildlife, 504 U.S. 555 (1992), expone además las pautas para determinar si un demandante cumple con los requisitos dehabilitación <strong>del</strong> Artículo III. Para poder declararse habilitado para interponer una acción judicial, el demandante debedemostrar: (1) perjuicio real, (2) que el demandado causó dicho perjuicio al demandante, (3) que el tribunal podrá repararel perjuicio al demandante y (4) que el demandante se encuentra dentro <strong>del</strong> ámbito de intereses protegidos por la ley alamparo de la cual se interpone al demanda. La habilitación se ha discutido recientemente en la Suprema Corte en Friendsof the Earth v. Laidlaw Environmental Services (TOC), Inc., 120 S. Ct. 693 (2000).245 U.S.C. § 552.25Existen nueve excepciones principales de la FOIA que se describen en la sección 552(b) de la ley. Comprendenaspectos como información privilegiada o secreto comercial. Casi toda la información solicitada por la ciudadanía, sobretodo la referente a la CWA, no constituye excepción de la FOIA. Si el gobierno aduce información privilegiada u otraexcepción, el solicitante de la información puede llevar ante tribunales a quien retenga dicha información.

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