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Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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Anales de la Universidad<br />

lól<br />

Los protíícolos de los escribanos.<br />

El Tribunal Pleno fijó a los esicribanos un término perentorio<br />

en 188 7, para que de acuerdo con una acordada <strong>del</strong> año anterior,<br />

entregaran sus protocolos a la Escribanía de Gobierno y Hacienda<br />

y a las oficinas actuarlas de los departamentos de campaña.<br />

Hubo un reclamo <strong>del</strong> Colegio de Escribanos. Pero el Tribunal<br />

mantuvo su acordada, invocando que los protocolos constituían<br />

una propiedad pública, que no podía permanecer indefinidamente<br />

en manos de los particulares. Como consecuencia<br />

<strong>del</strong> movimiento de opinión que se produjo con tal motivo, el<br />

Poder Ejecuitvo se dirigió a la Asamblea adjuntando un proyecto<br />

de modificaciones al decreto - ley de 1878, de que emanaba<br />

la acordada <strong>del</strong> Tribunal. El proyecto mantenía el traspaso de<br />

los protocolos pertenecientes a los escribanos que fallecieran o<br />

que abandonaran el ejercicio de su profesión, y se limitaba respecto<br />

de los demás a establecer la obligación de remitir quincenalmente<br />

copia de las escrituras, en vez de las escrituras<br />

mismas. Pero la legislatura terminó susi tareas, sin que el conflicto<br />

quedara solucionado.<br />

Por otra acordada de este mismo período, obtuvo el doctor<br />

Osvaldo Acosta título de escribano, por la sola virtud de su<br />

diploma de abogado y, por consiguiente, sin rendir el examen<br />

que regía para todos los demás. Era el primer abogado que en<br />

esa forma se incorporaba a la matrícula de escribanos.<br />

El arancel de costas.<br />

Otra reforma más importante abordó el Poder Ejecutivo en<br />

1887: la <strong>del</strong> arancel de costas judiciales vigente desde el año<br />

1787, en que fué promulgado por el Virrey <strong>del</strong> Río de la Plata,<br />

marqués de Loneto. Hasta los precios seguían figurando en la<br />

moneda colonial de la época, el maravedí ya desconocido en<br />

absoluto.<br />

La Comisión de Hacrenda de la Cámara de Diputados aceptó<br />

el proyecto <strong>del</strong> Poder Ejecutivo después de un laborioso debate,<br />

acerca <strong>del</strong> derecho de reformar el arancel de oficios vendidos<br />

a particulares. Para la mayoría de la Comisión de Hacienda, el<br />

legislador podía hacerlo. El debate prosiguió después de la publicación<br />

<strong>del</strong> informe, porque algunos de los propietarios de<br />

cficios presentaron consultas de varios abogados importantes de

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