19.05.2014 Views

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

28Ü<br />

Anales de la Universidad<br />

balanza comercial nos será muy favorable. Nuestra agricultura<br />

comienza a realizar notables progresos, así en la extensión <strong>del</strong><br />

área cultividfi, como en el ensayo de nuevos cuUivos. Los ferrocarrileis<br />

tocan ya nuestras fronteras más lejanas y abren nuevos<br />

rumbos al cambio internacional y al comercio de tránsito, l-a<br />

reducción de los gastos <strong>del</strong> Puerto de Montevideo, ya sancionada<br />

r-cr la Cámara de Diputados, afianza indudablemente el privilegio<br />

de su posición geográfica. Si a la vez el Poder Ejecutivo<br />

fuese afortunado, como lo espera, en la realización <strong>del</strong> proyecta<br />

cuya sanción solicita de V. E., podríamos estar seguros de que<br />

ahora, como en otras ocasiones, la República sabrá salir triunfante<br />

de la rigurosa crisis con que lucha.»<br />

El Banco Nacional era en esos momentos un montón de escombros.<br />

Podían los accionistas darse por satisfechos con el espléndido<br />

regalo <strong>del</strong> Banco Hipotecario. Pero ante el esfuerzo que<br />

realizaba el Gobierno para impedir la liquidación judicial y ¡a<br />

divulgación de las causas <strong>del</strong> desastre, no vacilaron en dirigir<br />

una representación en la que pedían que se mejorara su suerte,<br />

invocando que el directorio después de imponer al activo un<br />

castigo de nueve millones de pesos, admitía la exisitencia de<br />

un capital de 2.819,685 pesos.<br />

ha ley de marzo de 1892, inspirada en el plan propuesto por<br />

el Poder Ejecutivo declaró en liquidación al Banco Nacional y<br />

autorizó al Gobierno para convocar a los accionistas y proponerles<br />

estas soluciones: la transferencia <strong>del</strong> activo !/ pasivo ai<br />

E'Stado, recibiendo como precio el Banco Hipotecario, y la liquidación<br />

judicial <strong>del</strong> establecimiento. Aceptada la primera fórmula,<br />

la Sección Hipotecaria sie refundiría en el Banco Hipotecario<br />

y la Sección Comercial sería liquidada administrativamente<br />

dentro de una moratoria da tres años, por intermedio de una<br />

comisión de cinco miembros nombrados por el Poder Ejecutivo<br />

con venia <strong>del</strong> Senado, que tendría amplios poderes para hipotecar,<br />

vender, tranzar y realizar los demás actos conducentes a<br />

la liquidación. Todos los atrasos de la Sección Hipotecaria, quedarían<br />

a cargo de la Sección Comercial.<br />

Sobre la base de la Sección Hipotecaria, se organizaría el<br />

Banco Hipotecario con un capital de cua.tro millones de pesos<br />

en títulos de Deuda Pública de 4 % de interés y 1 % de amortización<br />

y otro millón más constituido por diversos arbitrios.<br />

Al Banco Hipotecario pertenecería todo lo que adeudaran los<br />

deudores de la Sección Hipotecaria sin obligación de restituir

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!