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Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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208 Anales de la Universidad<br />

Otros tratados.<br />

El Poder Ejecutivo se dirigió en 1893 a la Asamblea, acompañando<br />

un Tratado de Comercio y Navegación que acababa de<br />

ajustar con el Gobierno d© Francia.<br />

La ley de 1880 — decía en su Mensaje — prescribe que ao<br />

se podrá conceder a la potencia con quien se trate el derecho de<br />

quedar en igualdad de condiciones con la más favorecida por<br />

la República, a no mediar intereses especiales de muy señalada<br />

importancia. Juzga el Poder Ejecutivo que Francia se encuentra<br />

en condiciones para obtener el tratamiento de la nación más<br />

favorecida. Figura con el 21 % <strong>del</strong> valor oficial de nuestras<br />

exportaciones en 1890, habiéndose duplicado ©se valor en cuatro<br />

años, como lo revelan las siguientes cifras: en 1886 fué de<br />

2.597.744 pesos; en 1889, de 5.223.3-13; en 1890, de 6.190.965.<br />

La Francia — agregaba — posee actualmente dos tarifas:<br />

la máxima y la mínima. Todos nuestros productos pagan la<br />

tarifa máxima, pero pagarán la mínima si se sanciona el tratado.<br />

El extracto Liebig, por ejemplo, que paga ahora a razón<br />

de 40 francos los 10 kilos, pagará después 30 francos.<br />

Ambas Partes Contratantes, establecía el Tratando, se garanten<br />

recíprocamente el tratamiento de la nación más favorecida.<br />

Sin embargo, queda reservado a la República Oriental la facultad<br />

de conceder ventajas especiales i la Argentina, Brasil y Paraguay.<br />

Esas ventajas no podrán ser reclamadas por Francia,<br />

como consecuencia <strong>del</strong> tratamiento a la nación má;S favorecida,<br />

salvo que sean extendidas a otras potencias. Queda entendido<br />

que los favores especiales así acordados no podrán referirse a<br />

los vinos, tejidos de seda, lana o al;?odón, artículos de pasamanería,<br />

azúcares refinados, pieles prsparadas, obras de pieles y<br />

cueros, muebles, máquinas y en general todos los productos qua<br />

sean similares a los productos franceses. El cabotaje continuará<br />

sometido exclusivamente a las leyes de cada país.<br />

Fué aprobado por las Cámaras.<br />

Con Alemania ajustó nuestro Go]

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