19.05.2014 Views

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

192 Anales de la Universidad<br />

La teoría de la influencia directriz.<br />

Al abrir las sesiones ordinarias <strong>del</strong> Cuerpo Legislativo, en<br />

febrero de 1893, expresaba así el Presidente Herrera su verdadero<br />

pensamiento;<br />

«Es indudable que el Gobierno tiene y tendrá siempre y es<br />

necesario y conveniente que lo tenga, una poderosa y legítima<br />

influencia en la designación de los candidatos <strong>del</strong> partido gobernante,<br />

y entonces de lo que puede acusársele es <strong>del</strong> buen o<br />

mal uso que haga de esa influencia directriz, pero no de que<br />

la ejerza, y mucho menos podrá decirse racionalmente que el<br />

ejercicio de esa facultad importe el despojo <strong>del</strong> derecho electoral<br />

de los ciudadanos.»<br />

Era una tesis de ilustre abolengo, como lo demostró la prenwsa<br />

de la época, con la transcripción de un Mensaje <strong>del</strong> dictador<br />

Rosas a la Sala de Representantes de la Provincia de Buenos<br />

Aires en enero de 1837, que decía así:<br />

i«Mucho se ha escrito y hablado entre nosiotros acerca <strong>del</strong> sistema<br />

constitucional; pero en materia de elecciones como en<br />

otras, la práctica ha estado bien distante de las doctrinas máS'<br />

ponderadas. A todos los Grobiernos, además se ha reprochado<br />

como un crimen y a sus amigos como un signo de serrilidad,<br />

mezclarse en las elecciones de representantes dentro de los términos<br />

de la ley. El Grobierno actual deseando alejar de entre<br />

nosotros esas teorías engañosas que ha inventado la hipocresía<br />

y dejar establecida una garantía legal permanente para la<br />

autoridad, ha dirigido por toda la extensión de la Provincia, a<br />

muchos vecinos y magistrados respetables, listas que contenían<br />

los nombres de aquellos ciudadanos que en su concepto merecían<br />

representar los derechos de su patria, con el objeto de que<br />

propendieran a su elección, si tal era su voluntad.»<br />

Se aumenta el número de bancas legislativas.<br />

Ante el considerable número de aspirantes a las bancas de la<br />

representación nacional, se presentó el Presidente Herrera a la<br />

Asamblea en demanda de un aumento que contrastaba con la<br />

situación angustiosa <strong>del</strong> erario público. La ley que él pedía, y<br />

que se dictó en el acto, hacía subir el número de diputados i'e<br />

53 a 69, asignando 12 a Montevideo, 6 a Canelones y 3 a los<br />

demás departamentos de la República.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!