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Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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394 Anales de la universidad<br />

que invocaba órdenes gubernativas terminantes, ordenó su absoluta<br />

suspensión.<br />

La publicación de «El Día» sufrió un pequeño peréntesis durante<br />

este período, por infracción <strong>del</strong> decreto restrictivo de la<br />

libertad de imprenta.<br />

]ja Asamblea c(rntra la mordaza.<br />

A mediados <strong>del</strong> mes de julio presentó don Francisco Bauza<br />

a la Cámara de Senadores, de que formaba parte, un proyecto de<br />

ley por el cual se establecía que la libertad de imprenta podía<br />

ser limitada en los casos de conmoción interior o de ataque exterior;<br />

que esa limitación nunca podría ser absoluta; que ella<br />

duraría 90 días como máximo y se referiría solamente a las noticias<br />

de guerra y a la apreciaición de los actos militares de<br />

les funcionarios públicos; que el fisical acusaría a los diarios<br />

que imputaran al Presidente y a los Ministros los <strong>del</strong>itos especificados<br />

en el artículo 26 de la Constitución.<br />

El Senado invitó al Ministerio a concurrir a los debates. Pero<br />

el Presidente Miarte Borda se negó a ello. «Tratándose de<br />

un asunto grave y trascedental — decía en su Mensaje, — que<br />

requiere especial meditación y estudio de la situación extraordinaria<br />

y excepcional porque pasa el país y no habiendo podido<br />

tampoco el Presidente de la República celebrar acuerdo general<br />

de Ministros para tomanlo en consideración, por hallarse algunos<br />

de ellos ausentes de la capital, el Poder Ejecutivo se ve en la<br />

necesidad de excusar su inasistencia a la discusión <strong>del</strong> proyecto<br />

referido, dejando su resolución librada al alto criterio y al patriotismo<br />

<strong>del</strong> Honorable Senado».<br />

No por eso quedó estancado el proyecto. Todo el mundo estaba<br />

de acuerdo en que no podía ni debía prolongarse por más<br />

tiempo un decreto que suprimía en absoluto la libertad de imprenta<br />

y que ya contaba con cuatro y medio meses de vigencia.<br />

Y en ambas Cámaras quedó rápidamente sancionado.<br />

El Gobierno, no dándose por vencido, lo devolvió con observaciones,<br />

a título de que las facultades extraordinarias que el<br />

artículo 81 confería al Presidente eran «iilesgilables»; pero a la<br />

vez dictó un decreto por el cual, invocando el anhelo de la AsambUea,<br />

limitaba el régimen restrictivo a las noticias y operaciones<br />

de la guerra y a la apreciación de los actos militares de los funcionarios<br />

públicos que intervinieran en ella.

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