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Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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568 Anales de la Universidad<br />

El directorio constitucionalista contestó de inmediato, que<br />

aceptaba el pensamiento.<br />

El directorio nacionalista dijo que se juzgaba sin facultades,<br />

pero que promovería la reunión de la Convención <strong>del</strong> partido, en<br />

demanda de instrucciones. Poco después se reunía la Convención<br />

en la Florida y ante ella el directorio leía un manifiesto<br />

condenatorio <strong>del</strong> acuerdo.<br />

El rechazo <strong>del</strong> acuerdo — decía el directorio — importa pugnar<br />

por la libertad y pureza <strong>del</strong> sufragio. La elección de 6 senadores,<br />

no puede ser causa de una desinteligencia grave. Sólo<br />

en el caso de que el atropello a la libertad de sufragio, cerrara<br />

por completo toda esperanza de mejoramiento gradual en<br />

la marcha política y administrativa <strong>del</strong> país, es que el Partido<br />

Nacional iría a las armas. Ha llegado la oportunidad de<br />

hacer un ensayo — concluía el directorio, — siquiera parcial,<br />

<strong>del</strong> sufragio libre.<br />

Prevalecieron estas ideas y, en consecuencia, el acuerdo quedó<br />

rechazado por la Convención, no sin un voto de sincera y<br />

c-ntusiasta adhesión a la política <strong>del</strong> señor Cuestas.<br />

El ambiente era, sin embargo, de concordia cívica.<br />

Todo el país tendía, sin embargo, en esos momentos a la política<br />

de concordia. El propio directorio nacionalista que rechazaba<br />

el acuerdo, trataba de evitar la exacerbación de las pasiones,<br />

persuadido de que era el único media de estabilizar la situación<br />

que presidía el señor Cuestas.<br />

«La renovación general o parcial de los Poderes Públicos decía<br />

al abrirse el período de inscripción, en la época prefijada<br />

por la Constitución y las layes, responde a una necesidad de<br />

i:ues(tra forma de gobierno represientativo^ republicana, necesidad<br />

de reconocida justicia y conveniencia pública a verificarse<br />

en bien de la Nación, pero que no se sirve ni se satisface respondiendo<br />

a aspiraciones menguadas, intereses de círculos exclusivistas,<br />

ni exageradas e injustificadas aspiraciones partidarias.<br />

. . Sobre todas estas, priman loe intereses verdaderamente<br />

nacionales, que son los de la patria, condensados por así decirlo<br />

en el pacto de unión o asociación política de todos los orientales al<br />

constituirse en nación libre e independiente, a regirse por los<br />

más puros principios democráticos y republicanos. . . Cuales-

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