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Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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256 Av.ales de la Universidad<br />

Era una ley muy completa, que fijaba las funciones de los<br />

cónsules en materia de propaganda inmigratoria; que acordaba<br />

CL los inmigrantes alojamiento y manutención durante una semana<br />

y la traslación gratuita a los puntos <strong>del</strong> territorio nacional<br />

donde reschieran fijar su residencia; que autorizaba el<br />

anticipo de pasajes a favor de toda persona o empresa que qul-<br />

•íiera hacer venir inmigrantes, bajo la obligación de efectuar<br />

el reembolso de las sumas anticipadas dentro de un plazo amplio<br />

de dos y medio años; que establecía normas generales, para<br />

impedir que, a título de fomento de la inmigración, embarcaran<br />

los capitanes de buques y trajeran a Montevideo enfermos<br />

de afecciones contagiosas, mendigos, incapacitados para el<br />

trabajo, y mayores de 60 años; que creaba una Oficina de<br />

Tíabajo destinada a encargarse de la colocación de los inmigrantes.<br />

Pero, la sanción de esta ley coincidió con el derrumbe de!<br />

Banco Nacional y la pérdida de los sobrantes <strong>del</strong> empréstito,<br />

quedando detenido por efecto de ello el fuerte impulso que se<br />

había proyectado dar a los trabajos de colonización.<br />

El Poder Ejecutivo procuró entretanto fomentar la iniciativa<br />

particular, mediante la ampliación de la ley de franquicias dictada<br />

el año anterior. En su Mensaje de 1890 decía que esa ley<br />

no había tenido repercusión alguna y que, para que la tuviera,<br />

era conveniente que la Asamblea hiciera extensivos sus beneficios<br />

a favor de todo propietario de más de una suerte de estancia<br />

que destinara la mitad de su campo a cultivos agrícolas. Lra<br />

ley de 1889, dictada de acuerdo con esa.s gestiones, exigió un<br />

mínimum de dos leguas para acordar la exención de Contribución<br />

Inmobiliaria y de Patentes de Giro.<br />

Los campos <strong>del</strong> Departamento de Artigas.<br />

El momento no era propicio para ese género de trabajos.<br />

El doctor Lorenzo Cabellos que había -contratado la colonización<br />

de varios campos <strong>del</strong> Departamento de Artigas, comprados<br />

con fondos <strong>del</strong> empréstito de 20 millones, se presentó al Gobierno<br />

a fines de 1890, diciendo que hacía abandono de las<br />

obras y mejoras realizadas allí, que él estimaba en más de cien<br />

mil pesos. Esos campos fueron en el acto entregados a la Dirección<br />

de Inmigración y Colonización, para que llevara ade-

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