19.05.2014 Views

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

670 Anales de la universidad<br />

Derechos de exportación.<br />

Una ley de 1900 suprimió el derecho de exportación sobra<br />

Ja piedra en bruto y la piedra labrada y redujo el de la<br />

arena, bajo la presión de las dificultades con que luchaba en<br />

esos momentos la industria pedrera para mantener el mercado<br />

de Buenos Aires.<br />

La Contribución Inmobiliaria.<br />

Hasta 1899 la propiedad ruial estuvo sujeta al aforo por<br />

grandes zonas, que abarcaban uno o varios departamentos. Todo<br />

los campos situados dentro de cada zona, pagaban el impuesto<br />

sobre la base <strong>del</strong> mismo aforo por hectárea. El Poder Ejecutivo<br />

propuso en el proyecto de ley die ose año—^oibra <strong>del</strong> Ministro de<br />

Hacienda, doctor Juan Campisteguy — el aforo individual para<br />

todas las propiedades, extendiendo así a la campaña el sistema<br />

que regía para las propiedad urbana. De acuerdo con el proyecco,<br />

la avaluacióni se practicaría por un jurado compuesto <strong>del</strong><br />

r^residente de la Junta Económico - Administrativa, el administrador<br />

de Rentas, el escribano encargado <strong>del</strong> Registro de Ventas<br />

y dos vecinos propietarios. Pero la Comisión de Hacienda se<br />

inclinó a una forma transaccional, que la Asamblea aprobó de<br />

inmediato, por la cual se aumentaba considerablemente el número<br />

de zonas, para tomar en cuenta las principales difereuciaa<br />

de valor. Hasta entonces había una docena de zonas, dentio<br />

de Jas cuales estaban comprendidos lois 18 departamentos de<br />

campaña. Por la nueva ley, cada departamento era subdivídido<br />

en numerosas fraicciones, y las tierras situadas dentro de cada<br />

fracción tenían el mismo aforo por hectárea.<br />

La Dirección de Impuestos Directos quedó subdividida en 1899'<br />

en dos eeccionies: la de impuestos directos y la de impuestos sobre<br />

la prodticcián nacional de taJbacos, cigarros y cigarrillos, fósforo®,<br />

alcoholes y cerveza.<br />

Por otro decreto importante <strong>del</strong> Poder Ejecutivo, refrendado<br />

por el Ministro de Fomento, doctor Gregorio L. Rodríguez,,<br />

Fe instituyó una comisión encargada de efectuar el empadromamlento<br />

de la propiedad territorial <strong>del</strong> Departamento de Montevideo.<br />

He aquí el monto de los capitales sujetos a la Contribución;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!