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Año 38, nº 124 (1929) - Publicaciones Periódicas del Uruguay

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476 Anales de la Universidad<br />

enseñante, el 5 % <strong>del</strong> impuesto de herencias, la diferencia de<br />

17n mes de sueldo en loe casos de ascenso, el 3 % <strong>del</strong> sueldo de<br />

las maestros que no hubieran pagado momtepío y que quisieran<br />

hacer valer sus servicios a los efecto» de la jubilación, y un<br />

íiiporte transitorio <strong>del</strong> Estado, consiistente en ei 3 % <strong>del</strong> presupuesto<br />

escolar durante 10 años. Los maestros podrían jubilarse<br />

oon sueldo íntegro, sin necesidad de justificar inutilización,<br />

siempre que tuvieran más de 25 años de servicio y la edad de<br />

55 años en el hombre y 45 en la mujer. También podrían jubilarse,<br />

justificando inutilización, los que tuvieren más de 10 años<br />

de servicio. La jubilación sería de tantas 25 avas partes <strong>del</strong> sueldo,<br />

ouant>s fueran los años de .servicio. Los sobresueldos no serían<br />

tomados en cuenta para el cómputo de la jubilación. Ninguna<br />

jubiljación podría exceder <strong>del</strong> sueldo íntegro devengado en<br />

el último puesto. La viuda y los hijos iegítimoa y solteiros de<br />

iDs maestros fallecidois, tendrían derecho a una pensión equivalente<br />

a la mitad de la jubilación que hubiera correspondido al<br />

causante. También tendría pensión la madre viuda y desvalida<br />

<strong>del</strong> maestro soltero fallecido.<br />

Anites de votarse esta ley, practicó la Comisión de Hacienda<br />

de la Cámara de Diputados un cálculo prolijo, encaminado a<br />

averiguar si la Caja de Jubilaciones y Pensiones ad'quiriría los<br />

recursos necesarios para hacer frente a sus compromisos, y en<br />

presencia de sus resultados, afirmó que el porvenir estaba asegurado<br />

«con las precauciones que se adoptaran para impedir abusos<br />

en el otorgamiento de las jubilaciones y ^ensio.nes».<br />

Más a<strong>del</strong>ante se encargó el propio Cuerpo Legislativo de abrir<br />

puerta franica a los abusos, con leyes que aumentaban considerablemente<br />

los egresos, sin dotar a la Caja de Ingresos equivalentes,<br />

fallando por e®a causa el pronóstico de la Comisión de<br />

Hacienda, que era exacto en los momentos en que se formulaba.<br />

El personal enseñante hizo una hermosa demostración de simpatía<br />

y agradecimiento al doctor Ciganda.<br />

Varios años más tairde, en 1904, la Asamblea hizo extensivos<br />

kjs beneficios de la Caj,a de Jubilaciones a los Institutos Normales<br />

y a los empleados administrativos <strong>del</strong> organisimo escolar.

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