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Leer - Revista Pensamiento Penal

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CRIMINOLOGÍA Y CIENCIAS PENALES 151<br />

ciplinas y contribuir, tanto en el interior como en el exterior<br />

del medio científico, a la representación política de aquellas<br />

necesidades. Superando la "cuestión criminológica" por medio<br />

de la negación de la criminología como ciencia natural de<br />

comportamientos y de individuos infractores, este nuevo saber,<br />

cuya potencialidad ya hoy se puede advertir (piénsese<br />

solamente en los aspectos más avanzados de la "nueva prevención"<br />

y en las políticas "integradas" qué se están experimentando<br />

en proyectos comunales y regionales de seguridad<br />

urbana) puede ofrecer una nueva respuesta a la "cuestión<br />

criminal": una respuesta que produce no solamente una política<br />

criminal alternativa, en el interior del universo de las<br />

ciencias penales y del sistema de justicia criminal, sino también<br />

y, sobre todo, una política multiagencial alternativa a la<br />

política criminal.<br />

De esta forma, es posible restituir a la respuesta punitiva<br />

el espacio residual y el papel fragmentario que le pertenecen,<br />

de acuerdo con los principios constitucionales del Estado<br />

social de derecho, sin descuidar la tutela de ninguna de<br />

las necesidades reales de los ciudadanos.<br />

Un Derecho penal mínimo, que es el único derecho penal<br />

legitimable de.acuerdo con los principios mencionados, no<br />

constituye ciertamente una coartada con respecto al necesario<br />

empeño del Estado y de la sociedad en relación a situaciones<br />

de violencia y de violación de derechos, a conflictos y<br />

a problemas sociales que necesitan respuestas justas y adecuadas.<br />

Restituida a los límites constitucionales y a los límites<br />

funcionales que resultan de modelos integrados y multiagenciales<br />

de protección de los derechos, la respuesta punitiva<br />

no es nada más que un elemento, posible y sólo excepcionalmente<br />

necesario, en el interior de tales modelos.<br />

En este marco conceptual será también posible contribuir<br />

en la construcción de una nueva cultura del "garantismo",<br />

entendiéndolo no sólo como una limitación formal que concierne<br />

únicamente al área penal, sino, sobre todo, como un<br />

proyecto sustancial extendido a toda la política de protección<br />

de los derechos, propia de la sociedad democrática.

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