03.05.2016 Views

CODIGO DE MINERIA COMENTADO - EDMUNDO CATALANO

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

SUSTANCIAS <strong>DE</strong> LA SEGUNDA CATEGORÍA Art. 189<br />

ción de trabajos hidráulicos o de movimientos de jierias-que escapan, por su<br />

naturaleza, a la inversión del común.<br />

En la solicitud de concesión el interesado deberá ¿xpresar, además de sus datos<br />

personales, la ubicación que dará a las pertenencias señalando sus medidas<br />

perimetrales y los puntos de referencia adoptados, conforme a las coordenadas<br />

en uso. Las pertenencias tendrán la extensión que señalan los artículos 188 y<br />

176, modificadas por la reforma de 1993, en cuanto a su número y podrán<br />

adoptar la forma de una faja a lo largo del curso de agua. La solicitud será notificada<br />

a las personas que ocupen en aprovechamiento común el espacio denunciado<br />

—artículo 84. Se publicará, además, tres veces en el espacio de quince<br />

días en el Boletín Oficial y en las puertas del oficio del escribano de minas —artículos<br />

200 y 53.<br />

Estas concesiones, como todas las que autoriza el Código de Minería, se otorgan<br />

por tiempo ilimitado —artículo 18—. Están sujetas, por otra parte, al cumplimiento<br />

de las condiciones de amparo que determinan las normas del Código.<br />

188. Cuando la explotación de las producciones de ríos y placeres<br />

haya de hacerse en establecimientos fijos, las pertenencias<br />

constarán de cien mil metros cuadrados.<br />

— Este es uno de los casos en que la figura de la pertenencia no ha sido precisada<br />

por el Código a través de una relación de lados. Puede, por lo tanto,<br />

adoptar la forma de una franja a lo largo del curso de agua, si las condiciones<br />

del yacimiento no imponen otras exigencias.<br />

Su extensión, superior a las pertenencias ordinarias de la primera clase de<br />

sustancias, se justifica por el estado de dispersión de estas producciones en sus<br />

yacimientos.<br />

Se aplica a estas pertenencias y a las demás de este Título el número múltiple<br />

que fija la reforma de 1993.<br />

189. Las obras y aparatos necesarios para el beneficio deberán<br />

estar en estado de funcionar trescientos días después del proveído<br />

de la autoridad.<br />

Mientras tanto, no podrán aprovecharse ni por el mismo solicitante,<br />

las sustancias comprendidas en el perímetro denunciado.<br />

297

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!