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CODIGO DE MINERIA COMENTADO - EDMUNDO CATALANO

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<strong>DE</strong> LAS CONDICIONES <strong>DE</strong> LA CONCESIÓN Att. 230<br />

por falta de pago del canon, carecería de fundamento negarlo en los demá-s supuestos<br />

de caducidad, máxime considerando que la mina ha dejado de pertenecer<br />

al concesionario y que el Estado está obligado a concederla al primer<br />

solicitante.<br />

228. La publicación se hará fijando en las puertas de la oficina<br />

del escribano, durante quince días, un cartel que contenga el escrito<br />

presentado y su proveído.<br />

El cartel se insertará tres veces dentro del mismo plazo en el periódico<br />

oficial, y en su defecto en el que determine la autoridad.<br />

— La publicación debe hacerse de oficio y sin cargo para el interesado, de<br />

acuerdo a la última parte del artículo 228. La diligencia de abandono es de mayor<br />

interés para el Estado que para el concesionario.<br />

229. Presentado el escrito, se tendrá por admitido el abandono,<br />

y se ordenará al mismo tiempo que el ingeniero oficial practique<br />

el reconocimiento de la mina e informe sobre su estado y sobre<br />

los trabajos que hubiere necesidad o conveniencia de ejecutar.<br />

El informe, que se evacuará en el más corto tiempo posible, se<br />

depositará en la oficina para conocimiento de los interesados.<br />

El dueño de la mina no es responsable por los gastos de esta<br />

diligencia ni de ninguna de las demás concernientes al abandono.<br />

— Es deber del concesionario, no obstante el abandono, mantener en la mina<br />

todos los elementos que contribuyan a su seguridad y conservación, como<br />

son las obras de acceso y fortificaciones. Ninguna indemnización se debe por<br />

estas inversiones ni aun cuando la mina pase a poder de terceros. Se trata de<br />

una compensación a la gratuidad de la concesión.<br />

230. No dándose el aviso de abandono, se perderá el derecho<br />

de retirar las máquinas, útiles, y demás objetos destinados a la<br />

explotación que puedan separarse sin perjuicio para la mina.<br />

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