03.05.2016 Views

CODIGO DE MINERIA COMENTADO - EDMUNDO CATALANO

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>EDMUNDO</strong> F. <strong>CATALANO</strong><br />

tado en el párrafo anterior deberá ser siempre mayor al porcentaje<br />

ofertado en el concurso."<br />

22. Dentro de los treinta días de la fecha en que el permisionario<br />

de conformidad con criterios técnico-económicos aceptables,<br />

determine que el yacimiento descubierto es comercialmente explotable,<br />

deberá declarar ante la Autoridad Concedente su voluntad<br />

de obtener la correspondiente concesión de explotación,<br />

observando los recaudos consignados en el artículo 33, párrafo 2.<br />

La concesión deberá otorgársele dentro de los sesenta días siguientes<br />

y el plazo de su vigencia se computará en la forma que<br />

establece el artículo 35.<br />

El omitir la precitada declaración u ocultar la condición de comercialmente<br />

explotable de un yacimiento, dará lugar a la aplicación<br />

de la sanción prevista y reglada en el artículo 80, inc. e) y<br />

correlativos.<br />

El otorgamiento de la concesión no comporta la caducidad de<br />

los derechos de exploración sobre las áreas que al efecto se retengan,<br />

durante los plazos pendientes.<br />

23. Los plazos de los permisos de exploración serán fijados en<br />

cada concurso con los máximos siguientes:<br />

Plazo básico:<br />

- 1er. período hasjta cuatro años<br />

- 2do. período hasta tres años<br />

- 3er. período hasta dos años<br />

Período de prórroga:<br />

Hasta cinco años<br />

584

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!