03.05.2016 Views

CODIGO DE MINERIA COMENTADO - EDMUNDO CATALANO

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

MODIFICACIONES A LA LEY 17.319 - LOS NUEVOS PROYECTOS<br />

geológicamente aptas para almacenar hidrocarburos gaseosos,<br />

quedando sujetas a las disposiciones de la presente ley y su reglamentación."<br />

V<br />

\<br />

"Artículo 130. La concesión de almacenaje confiere el derecho<br />

exclusivo de almacenar gas natural propio o de terceros durante<br />

el plazo que fija el artículo 137."<br />

"Artículo 131. La función de Autoridad Concedente en materia<br />

de almacenaje de gas natural corresponderá al Poder Ejecutivo<br />

nacional o a los Gobiernos provinciales, según la jurisdicción<br />

establecida en el artículo 1 de la presente ley."<br />

"Artículo 132. La Autoridad Concedente podrá otorgar concesiones<br />

de almacenaje de gas natural a permisionarios de exploración<br />

y/o concesionarios de explotación de hidrocarburos que<br />

descubran, o cuenten con formaciones geológicamente aptas a tal<br />

fin (cavernas, salinas, yacimientos agotados con buen sello de roca<br />

de almacén, minas, etc.) sin necesidad de concurso previo,<br />

siempre y cuando el descubrimiento sea hecho en el área del respectivo<br />

permiso o concesión.<br />

La Autoridad Concedente, además podrá otorgar concesiones<br />

de almacenaje de gas natural a las personas físicas o jurídicas que<br />

reúnan los requisitos y observen los procedimientos especificados<br />

en la Sección 5 del Título 2 de la presente ley."<br />

"Artículo 133. La actividad de almacenaje de gas natural<br />

quedará sometida al Marco Regulatorio de la ley n° 24.076 y su<br />

reglamentación y a la jurisdicción del Ente Nacional Regulador<br />

del Gas, cuando en las formaciones descriptas en el artículo 132<br />

se almacenen gas propio o de terceros cuyo destino sea la prestación<br />

del servicio público de gas natural, mediante los sistemas<br />

de transporte o distribución regulados por la mencionada ley."<br />

629

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!