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Progreso y vicisitudes del idioma castellano en nuestros cuerpos ...

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tido. Compilado anteriorm<strong>en</strong>te á la traduccion <strong>del</strong> Fuero Juzgo,<br />

si se examina su l<strong>en</strong>guaje, se <strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tra más áspero y m<strong>en</strong>os,<br />

dúctil que el de las Partidas. Por ello nos inclinamos á creer<br />

que D. Pedro, áun cuando lo ord<strong>en</strong>ase dividiéndole <strong>en</strong> títulos<br />

y libros, áñadi<strong>en</strong>do á las leyes de que primitivam<strong>en</strong>te se com.<br />

ponia, otras coetáneas de los fueros particulares, hasta formar<br />

un todo homogéneo, no acomodó ó acomodó ligerísimam<strong>en</strong>te el<br />

<strong>idioma</strong> primitivo al que <strong>en</strong>tónces corria.<br />

Qué palabras y frases corrigiese, no nos consta; y solo podría<br />

averiguarse, comparando algun ejemplar de los primitivos,<br />

con el publicado por el Rey D. Pedro. Áun siéndonos asaz difícil<br />

tal empresa, hubiéramosla t<strong>en</strong>tado a<strong>del</strong>antando nuestras<br />

conjeturas, sinó nos inclináramos, como nos inclinamos, á que<br />

la mayoría de las leyes que compon<strong>en</strong> el Fuero Viejo están<br />

escritas, salvo algunas palabras, <strong>en</strong> un l<strong>en</strong>guaje anterior al de<br />

las Partidas.<br />

Daríamos pruebas de esta nuestra opinion , sinó lo creyéramos<br />

innecesario. Publicado <strong>en</strong> las Córtes de Alcalá de Heña<br />

res el Ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to de este nombre por D. Alfonso XI, t<strong>en</strong>emos<br />

un código indubitado con el que seguir nuestra tarea de<br />

comprobar las mudanzas filológicas ocurridas <strong>en</strong> el transcurso<br />

de un . siglo, y sería ocioso por lo tanto el ocuparnos <strong>en</strong> oteo,<br />

que para el objeto que ríos proponemos, carece de garantías<br />

(le aut<strong>en</strong>ticidad, y no Babia de subrninistrarnos mas datos, ó<br />

aún que los subministrase, por fuerza habian de ser siempre<br />

dudosos y disputables. • • - -<br />

Por ello, prescindi<strong>en</strong>do <strong>del</strong> Fuero Viejo de Castilla, pasaremos<br />

al exárn<strong>en</strong> de las compilaciones legales publicadas por<br />

el Rey D. Alfonso el Sábio.

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