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Progreso y vicisitudes del idioma castellano en nuestros cuerpos ...

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95 -<br />

CAPITULO IV.<br />

Espéculo , Fuero Real, Leyes nuevas, Leyes de los A<strong>del</strong>antados',.<br />

Ord<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>to de las Tafureriá s, Partidas..<br />

El Santo Rey. D. Fernando habla cumplido su mision de<br />

conquistador dilatando los términos de Castilla hasta el límite<br />

Sur de_ la P<strong>en</strong>ínsula ; su hijo D. Alfonso trató de unificar la<br />

legislacion <strong>en</strong> tan dilatado reino.<br />

Tras <strong>del</strong>- guerrero, el legislador; tras de la espada que<br />

adquiere, la ley que conserva; tras de Rómulo, Numa.<br />

Ya D. Fernando, á la postre de su reinado, p<strong>en</strong>só <strong>en</strong> tamaña_.<br />

empresa; mas no , quiso Dios . que á su triple corona de Santo,<br />

de político y de conquistador reuniese la-aureola de legislador:<br />

la realizaciái de su p<strong>en</strong>sami<strong>en</strong>to quedó para su hijo.<br />

Determinó éste la formacion de un código g<strong>en</strong>eral para la<br />

Monarquía, que llevó 4 cabo <strong>en</strong> su obra de las Partidas, pero<br />

miéntras daba cima á tan gigantesco trabajo, empr<strong>en</strong>dió otros<br />

más modestos ; si inferiores, como producciones ci<strong>en</strong>tíficas, incomparablem<strong>en</strong>te<br />

más prácticos, más acomodados á las costumbres<br />

y á las necesidades-de su pueblo, é iniciadores y preparadores<br />

de la gran reforma que meditaba.<br />

Fué el primero el Espéculo ó el Espejo de todos los derechos,<br />

al parecer, mo<strong>del</strong>o de las Partidas ; como ellas, -dividido <strong>en</strong><br />

siete partes, de las que sólo restan, cinco incompletas, si es<br />

que más llegaron á publicarse; y que dudan . muchos recibiese<br />

la sancion como ley <strong>del</strong> Estado.<br />

Nosotros, que sólo tratamos de averiguar su valor filológico<br />

y no su valor legal, prescindiremos de esa cuestion, y le aceptaremos<br />

cómo indudable de la época á que nos referimos.<br />

Poco. despues, con' *objeto de preparar á sus pueblos á la<br />

unidad de la legislacion, <strong>en</strong> el año de 1255, <strong>en</strong> el mismo <strong>en</strong><br />

que principiaron las Partidas, promulgó D. Alfonso el Fuero Real.

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