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II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

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nos y al Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional, y losEmbajadores de Venezuela ante la República Dominicana y Costa Rica. ElEstado también ignoró totalmente esta denuncia de violación, y no contradijolos hechos ni los alegatos, de manera que la Corte debió haberlos tenidoscomo aceptados.276. Sobre esto, sin embargo, como se analizó con todo detalle en el Amicuscuriae presentado por la Asociación Costarricense de Derecho Constitucionalpresentó ante la Corte en agosto de 2013, la violación a mi derecho ala presunción de inocencia y a la defensa, en este caso, “también se ha producidoa lo largo del proceso penal” iniciado en mi contra, “al haber sido “condenado”y considerado culpable, de antemano, sin juicio ni proceso, por losmás altos funcionarios de todos los poderes públicos, comenzando por elpropio Jefe del Ministerio Público, el Fiscal General de la República, yademás, previamente, por una Comisión Especial de la Asamblea Nacional,por el Tribunal Supremo de Justicia, sin haber sido oído, posteriormente poralgunos Embajadores de Venezuela, y más recientemente en 2012, por elentonces Ministro de Relaciones Exteriores, actual Presidente de la República,al momento de denunciar la Convención Americana sobre DerechosHumanos” ( 25).277. En el Amicus curiae presentado por la Asociación Costarricense deDerecho Constitucional, en lo que se consideró como violación a la presunciónde inocencia, se destacó particularmente la cometida por el propio TribunalSupremo de Justicia de Venezuela al hacer las siguientes consideraciones:“28. El derecho a la presunción de inocencia, en este caso del profesorBrewer Carías, conforme a la información consignada en el Escritode de Solicitudes, Argumentos y Pruebas, también fue violado por tresMagistrados del Tribunal Supremo de Justicia, los señores Fernando VegasTorrealba, Jesús Eduardo Cabrera Romero y Juan José Núñez Calderón,cuando respondieron en nombre del más alto tribunal del país, asendas comunicaciones que en 2005 fueron enviadas por dos renombradasinstituciones académicas de América Latina con las cuales el profesorBrewer Carías había tenido relaciones, el Instituto Interamericano deDerechos Humanos, firmada por los destacados especialistas en derechoshumanos, Sra. Sonia Picado, Presidenta del Instituto y Sres. RodolfoStavenhagen y María Elena Martínez, Vicepresidentes (31-10-2005); y elInstituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional, firmada enlos destacados constitucionalistas latinoamericanos: Néstor Pedro Sagües(Argentina), Rubén Hernández Valle (Costa Rica), Humberto NogueiraAlcalá (Chile) y Eloy Espinosa Saldaña Barrera (Perú) (8-12-2005), enlas cuales expresaron su preocupación por el proceso iniciado por la FiscalíaGeneral de la República de Venezuela contra el doctor Allan BrewerCarías por el delito imputado de conspiración para cambiar violentamentela Constitución.”184

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