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II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

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zuela en Italia, quien recibió la denuncia de Bellorín, admitió bajo juramentoy públicamente ante la misma Corte Interamericana en San José, que tresaños después de haber recibido personalmente aquella denuncia que “no fuedenuncia”, luego de que su subalterna la Fiscal provisoria Sexta Luisa OrtegaDíaz me había imputado con base en los mismos recortes de prensa yvideos de la denuncia de Bellorín, publicó en septiembre de 2005 el antesmencionado libro Abril comienza en octubre, en el cual, con la excusa de serpoeta, dijo que sólo contó un “cuento,” haciendo suyo uno de los recortes con“cuentos” de periodistas, dándome insólitamente por culpable de un hechoque no cometí, lo que condujo a que un mes después, su subalterna Fiscalprovisoria Sexta, hoy Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz,introdujera acusación formal en mi contra basada, entre otros, en el mismo“cuento” contado por el Fiscal General en su libro, y copiado del Expediente,sin darse cuenta que aun siendo poeta, ese testigo ante la Corte Interamericana,en su momento, era el Jefe del Ministerio Público en Venezuela.28. Ojalá la Corte Interamericana hubiera sido competente para pronunciarsesobre mi inocencia frente a los maliciosos cargos de conspirador contrala Constitución venezolana que se inventaron en mí contra basados en cuentosde periodistas, para así haber podido tener un tribunal que pusiera fin a lainsensata persecución en mi contra. Lamentablemente, sin embargo, ello nopodía ser, y sólo podía pedir justicia en el sentido de que declarara la violaciónmasiva de mis derechos y garantías judiciales, que fue lo que originó elproceso decidido mediante la sentencia Nº 277 de mayo de <strong>2014</strong>, en la cualsin embargo, la Corte renunció a impartir justicia, al abstenerse de analizar lasdenuncias formuladas, escudándose en cuestiones formales. Quizás con micaso, la presión indebida ejercida por el Estado venezolano al denunciar laConvención Americana en 2012, fundamentando la denuncia de la Convenciónen varios casos pendientes ante la Corte, entre ellos mi caso, comenzó asurtir efectos. En realidad no lo sabemos, y sólo la historia lo explicará en elfuturo. Sin embargo, lo cierto fue que la Corte, con su sentencia, al protegeren esta forma al Estado, me negó el derecho de acceder a la justicia. Pero apesar de ello, lo que no podrá borrarse de la memoria de quienes asistieron ala audiencia y del expediente, es que al menos la Corte Interamericana tuvo eltestimonio-confesión de la abyecta persecución sin fundamento desatada enmi contra por el Estado venezolano, expresada de boca, no sólo del propiorepresentante del Estado, Germán Saltrón, sino de los testigos que el propioEstado promovió, el ahora retirado Coronel Ángel Bellorín y el ahora exFiscal General y Embajador, Isaías Rodríguez. Pero ello, por lo visto no leimportó, y prefirió proteger al Estado.29. La declaración de dichos testigos puso en evidencia de viva voz antela Corte Interamericana, que la crisis política que vivió Venezuela en abril de2002 y que condujo al inconstitucional, aunque breve, derrocamiento militardel Presidente Hugo Chávez Frías, constituyó sólo el contexto que sirvió depretexto para la ilegítima violación de mis derechos y garantías. El Estadoprocuró convertir el caso ante la Corte Interamericana en un eslabón más de36

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