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II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

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derado que las decisiones adoptadas respecto a algunos de los jueces temporalesy provisorios que intervinieron en el proceso se relacionaban directamentecon el señor Brewer.109. En efecto, la Corte resalta que el señor Brewer Carías ha sido acusadoen un proceso en el que se encontraban imputadas otras personas que supuestamenteparticiparon en los hechos de abril de 2002. La suspensión de lajueza de control y de dos miembros de la Sala que declaró la nulidad de laprohibición de salida del país de algunos imputados en el proceso se relacionabacon una alegada irregularidad en decisiones relacionadas con otros imputadosentre quienes no se encontraba.110. Por otra parte, si bien se mencionó en el informe de admisibilidadque fue dejado sin efecto el cargo del juez de control, Manuel Bognanno,como consecuencia de alegadas irregularidades que habría cometido la FiscalSexta, la Corte constata que la controversia ocurrida el 27 de junio de 2005entre la Fiscal Sexta y el juez Bognanno se relacionaba con una solicitud de ladefensa de otro imputado en el proceso, es decir, un imputado distinto al señorBrewer (supra párr. 56). De manera que, aún en forma prima facie, no esposible establecer relaciones de causalidad directas entre la decisión de dejarsin efecto la designación del juez Bognanno el 29 de junio de 2005 (suprapárr. 56), y una actuación realizada por el juez “relativa a la situación de lapresunta víctima”, tal como fue mencionado en el informe de admisibilidad.111. Asimismo, en términos de los debates sobre si procedía esta excepción,la Corte reitera que el momento procesal en el que se encuentra el presentecaso (supra párr. 96 a 98) impide una conclusión prima facie respecto alimpacto de la provisionalidad en la garantía de independencia judicial enorden a establecer como procedente una excepción al agotamiento de losrecursos internos basada en el artículo 46.2.b de la Convención. Lo anteriordebido a que no hay al menos una decisión de primera instancia mediante lacual se pueda llegar a valorar el impacto real que la provisionalidad de losjueces hubiera podido tener en el proceso, aspecto que constituye una diferenciaimportante con casos previos de la Corte sobre esta temática en Venezuela.En efecto, en dichos casos se había alcanzado, por lo menos, una decisiónde primera instancia y, en algunos de ellos, decisiones sobre los recursosde impugnación 137 . Además, las víctimas en dichos casos habían sido los137 En el caso Apitz Barbera y otros, el Tribunal analizó el procedimiento disciplinarioque llevó a la destitución de tres de los cinco magistrados del que, en ese entonces,constituía el segundo tribunal más importante de Venezuela. Ello originó un procesodisciplinario, teniendo en cuenta que dicho error constituía causal de destitución. Lasvíctimas presentaron un recurso de amparo contra la decisión que ordenó la suspensiónde dos de los magistrados, un recurso jerárquico contra la decisión que ordenó ladestitución, y un recurso de nulidad y medida de amparo cautelar contra la sanción dedestitución. Caso Apitz Barbera y otros (“Corte Primera de lo Contencioso Administrativo”)Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentenciade 5 de agosto de 2008. Serie C Nº 182.421

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