12.07.2015 Views

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

no con ocasión del juicio penal que se desarrolló en mi contra en Venezueladesde 2002, y específicamente desde enero de 2005.2. Admitida la denuncia por la Comisión interamericana, la misma sídecidió, mediante Informe de Fondo Nº 171/11 de 3 de noviembre de 2011,someter el caso ante la Corte Interamericana, y esta, tres años después, el 26de mayo de <strong>2014</strong>, simplemente decidió no conocer de las denuncias, sacrificandola justicia para proteger al Estado, violando mi derecho de acceso a lajusticia.3. Las violaciones denunciadas a mis derechos y garantías, ocurrieronen dicho proceso penal que fue iniciado en mi contra en Venezuela por el solohecho de haber dado una opinión jurídica, como abogado, incluso en sentidocontrario a lo que se resolvió en el llamado “decreto de gobierno de transicióndemocrática” emitido por el Dr. Pedro Carmona el 12 de abril de 2002, luegode que los militares integrantes del Alto Mando Militar del presidente HugoChávez Frías anunciaron al país que le habían solicitado la renuncia y queéste la había aceptado. Por ello se me acusó de “” conspirar para cambiarviolentamente la Constitución,” y se me persiguió implacablemente medianteel uso del aparato judicial del Estado, estigmatizándome como enemigo interno.4. Como lo apreciaron con exactitud los profesores Pablo Ángel GutiérrezCoilantuono y Henry Rafael Henríquez Machado en el Amicuscuriae que presentaron ante la Corte Interamericana el 3 de septiembre de2013, mi:“participación en estos eventos, según consta en los documentos llevadosen el juicio ante los tribunales de su país, al igual que en los documentosque constan en la jurisdicción internacional, se limitó a la emisiónde una opinión jurídica sobre la inconstitucionalidad de una serie deactos que serían llevados a cabo a raíz del lamentable golpe de Estado,momento en el que el profesor Brewer-Carías declaró éstos contrarios ala Constitución y a la Carta Democrática Interamericana.De acuerdo a los planteamientos presentados por la víctima en sus escritosante la <strong>CIDH</strong>, la persecución penal iniciada en su contra se debeno sólo al ejercicio de su profesión de abogacía y haber expresado suopinión legal sobre el mencionado decreto, sino por haber expresadopúblicamente su opinión crítica al gobierno, al afirmar que éste había incurridoen violaciones a preceptos de la Carta Democrática Interamericana,y comentar sobre el contenido de la norma constitucional que regulala desobediencia civil en Venezuela, considerándose su persecucióncomo una violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.”5. El proceso penal que se inició entonces en mi contra, tuvo su origen,luego de los hechos de abril de 2002 conforme a los cuales los militaresmiembros del Alto Mando Militar removieron de su cargo al Presidente de la24

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!