12.07.2015 Views

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

tud de nulidad por violación de las garantías procesales debe ser resuelta sinnecesidad de que se celebre dicha audiencia y sin que se requiera la presenciadel acusado.28. Por otra parte, los representantes arguyeron que “el único recurso judicialdisponible contra la masiva violación del derecho al debido proceso”era el de nulidad absoluta por inconstitucionalidad de las actuaciones judiciales,con fundamento en el artículo 191 del COPP. Al respecto, señalaron queen la legislación no se establece un plazo para decidir la interposición dedicho recurso, por lo que sostuvieron que la autoridad judicial debía actuarconforme a la disposición general contemplada en el artículo 177 del mencionadoCódigo, debiendo resolver dentro de los tres días siguientes a la fecha enque se interpone el recurso, por lo que concluyeron que al momento en que sepresentó el escrito de solicitudes y argumentos había un retardo injustificadode siete años. Controvirtieron el alegato del Estado según el cual el recurso nose ha resuelto debido a que debe decidirse en la audiencia preliminar, transcurriendomás de tres años sin que se hubiere celebrado la misma por causasque presuntamente no estarían relacionadas con la ausencia de la presuntavíctima, lapso que consideraron que “demora injustificadamente” la decisióndel recurso. Además, argumentaron que “la regla general contenida en elartículo 177 del COPP es enteramente congruente con el principio de preeminenciade los derechos humanos […] que impone a todos los jueces la obligaciónineludible de pronunciarse sobre las peticiones relativas a los mismos,sin dilación y con prevalencia sobre cualquier otro asunto”.29. Los representantes consideraron que, si bien el recurso de nulidadabsoluta cumple teóricamente con los requisitos establecidos en el artículo 25de la Convención (sencillo, rápido y efectivo), en el caso concreto, “y dentrodel marco de un Poder Judicial que carece de la imparcialidad para decidir”,se ha configurado una “denegación de justicia”, ya que han transcurrido sieteaños (al momento de presentación del escrito de solicitudes y argumentos)desde su interposición sin que siquiera se haya iniciado su tramitación. Losrepresentantes alegaron que dicho recurso constituye “el amparo en materiaprocesal penal”, razón por la cual “si el recurso de amparo debe esperar, parasu resolución a la celebración de una audiencia preliminar que puede diferirseindefinidamente […] el recurso no sería en modo alguno sencillo y rápido; ysi su decisión estuviera condicionada a que el [señor] Brewer Carías se entreguea sus perseguidores y sea privado de su libertad, el derecho internacionalde los derechos humanos y la Convención en particular no permitirían considerarloun recurso efectivo”.30. Sobre el recurso de nulidad, los representantes añadieron que puedeinterponerse por cualquiera de las partes respecto a las actuaciones de fiscaleso de jueces que puedan haber violado derechos constitucionales, en cualquierestado del proceso siempre que sea antes de dictarse sentencia definitiva,debiendo la autoridad judicial decidir en el lapso de tres días conforme alartículo 177 del COPP. También hicieron referencia a jurisprudencia de la385

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!