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II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

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tado un espacio para ello. Dije entonces en aquella oportunidad, cinco mesesdespués de formulada la imputación fiscal en mi contra, lo siguiente:“Quiero comenzar agradeciendo a la Presidenta de la Federación Interamericanade Abogados por la oportunidad que me ha dado para dirigirmea Ustedes, así como agradecer al Profesor David Halperin, deArgentina, por sus generosas palabras de presentación, a los doctores Arturode Sola y J. Sarmiento Sosa del Capítulo Venezolano de esta Federación,y al doctor Rafael Veloz, representante de la Federación deColegios de Abogados de Venezuela por el apoyo que me han dado a losefectos de poder expresarles algunos problemas que confronta el ejerciciode la abogacía en Venezuela, particularmente ante la violación delprincipio de la presunción de inocencia por parte del Ministerio Públicode mi país. Tengo el privilegio de que además me acompañen en estemomento el profesor Fortunato González, Presidente de la AsociaciónVenezolana de Derecho Constitucional y el Profesor Asdrúbal Aguiar,ex Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.Les hablo como abogado, ya con 43 años de ejercicio profesional, ennombre de los abogados venezolanos que están siendo objeto de persecuciónpolítica de diversa naturaleza, dada la tendencia del gobierno actualy de sus autoridades a criminalizar la disidencia, particularmente conocasión de los sucesos ocurridos el pasado mes de abril de 2002.Como seguramente Ustedes recordarán, la anunciada renuncia delPresidente de la República por parte del Jefe de su Alto Mando Militaren la madrugada del día 12 de abril de 2002, provocó una aguda crisis degobierno, con motivo de lo cual, en mi condición de abogado, fui llamadoen esa misma madrugada (a cuyo efecto se me fue a buscar a mi casa),a los efectos de solicitárseme que diera una opinión jurídica sobre unproyecto de decreto de constitución de un gobierno de transición que yaestaba redactado, y que se le había entregado al Sr. Pedro Carmona,quien fue la persona que había requerido mi opinión jurídica.Aun cuando estuve escasas horas (aproximadamente 3 horas) en ellugar de los acontecimientos (Fuerte Tiuna), pero me pude hacer unaidea del contenido de dicho documento, el cual era evidentemente contrarioa la Constitución, pues con él se pretendía disolver los Poderesconstituidos. Lamentablemente no pude expresarle en esas horas de lamadrugada mi opinión al Sr. Carmona, por lo que intenté hacerlo durantehoras del mediodía del mismo día, en el Palacio de Gobierno, lo cualtampoco fue posible. En consecuencia, me retiré del lugar, a cuyo efectoes bueno recordar que conforme a Código de Ética del Abogado, a losabogados se nos garantiza no sólo el derecho de rechazar asuntos contrariosa nuestras convicciones personales, incluso políticas, sino también arechazarlos sin siquiera exponer las razones que tuviéremos para ello.Sin embargo, mi opinión contraria y adversa al mencionado documentose la pude dar al Sr. Carmona al final de la tarde de ese mismo26

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