12.07.2015 Views

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

TERCERA PARTESOBRE EL DESARROLLO DEL PROCESO PENALEN <strong>VENEZUELA</strong> Y LA NO CELEBRACIÓN DE LAAUDIENCIA PRELIMINAR EN EL CASO POR CULPAATRIBUIDA AL ESTADO68. En el juicio en Caracas, luego de presentada la acusación, se dio inicioa la etapa intermedia del proceso penal en la cual el Juez estaba obligadoa convocar y realizar a la audiencia preliminar del caso en un lapso breve, lacual nunca tuvo lugar; y además, en este caso, estaba obligado a resolverantes de dicha audiencia las cuestiones de nulidad absoluta por violacionesconstitucionales que mis abogados defensores le habían formulado en la solicitudde nulidad absoluta o amparo penal presentada, particularmente la contenidaen el escrito de 8 de noviembre de 2005, precisamente en el escrito de523 páginas que tanto impresionó a la Corte Interamericana; petición de nulidadque jamás fue considerada.69. En el curso del proceso, es cierto, el Juez convocó a la audiencia preliminardel juicio varias veces sin que se hubiese celebrado jamás, no debiéndoseello ni su diferimiento sucesivo, en ningún caso, a mi ausencia del paísni a mi falta de comparecencia, como el propio juez de la causa lo precisó ydecidió formalmente mediante sentencia de fecha 20 de julio de 2007; decisióncuyo contenido, como se analiza más adelante, sin embargo la CorteInteramericana llegó a considerar que no era cierto, haciendo su propia interpretaciónerrada de las decisiones de diferimiento (párrafos 134, 137, 138,143) considerando que de ellas “se desprende lo contrario” respecto de lo queel propio Juez penal decidió (párrafo 138).70. Pero en realidad, es la conclusión de la Corte Interamericana la queestá errada, contradiciendo lo formalmente expuesto y decidido por el juezpenal de la causa, que a la vez contradice lo que afirmó falsamente, bajo juramento,la testigo Mercedes Prieto en la audiencia ante la Corte Interamericanael 4 de septiembre de 2013, cuando dijo –sin haber sido testigo en formaalguna del curso del proceso–, al responder a la pregunta del Dr. Nikken

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!